Banner Cursos CEF

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

Asistencia sanitaria durante la huelga

¿Durante la huelga sí un trabajador se pone enfermo tendrá derecho a la asistencia sanitaria?

El trabajador en huelga permanecerá en situación de alta especial en la Seguridad Social, con suspensión de la obligación de cotización por parte del empresario y del propio trabajador. Pero el trabajador en huelga no tendrá derecho a la prestación por desempleo, ni a la económica por incapacidad temporal, pero la asistencia sanitaria, siempre.

Que no tenga derecho a percibir la prestación económica de la incapacidad temporal se refiere a aquella incapacidad que aparezca durante la huelga, pero debemos analizar los siguientes supuestos:
- Si la incapacidad temporal existía antes de la declaración de la huelga continuará percibiendose de la misma forma, independientemente que el trabajador hiciese constar su intención de unirse a la huelga en condiciones normales.
- Si la incapacidad temporal nace durante la huelga, no se tendrá derecho durante todo el periodo que dure la huelga, pero sí finaliza la huelga y continuase en situación de incapacidad temporal ya sí tendrá derecho a la prestación economica, pero desde este momento.
- Si la huelga es parcial y el trabajador trabajase durante esta jornada y aconteciese la incapacidad durante esta dará igual derecho que sí no existiese la huelga, pero repercutirá en la percepción la jornada realizada.
Para el calculo de la base reguladora, cuando en el período legalmente computable existen días en que se ejerció el derecho de huelga, el INSS debe aplicar a dicho período las bases mínimas para trabajadores mayores de dieciocho años, al no existir durante la huelga obligación de cotizar.