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mobbing

Buenas,
Me acaban de mover a una tienda nueva y e
stoy teniendo problemas en el trabajo con mi jefe...los horarios no los pone en el tablon...y el domingo me manda al movil el horario de la semana siguiente...me pone malos turnos y con poco personal en la tienda...ademas vivo lejos del trabajo, tardo 1h y 40 mins en ir y me ponen jornadas partidas con 3 horas libres de por medio y no me da tiempo a volver a casa...en los cierres me pone poco personal y los dias que encima de que salgo mas tarde de mi hora y aun asi se me queda alguna tarea sin hacer me amenaza con sancionarme....

Con cuanto tiempo debe poner los horarios? Si me da el horario con un margen de tiempo inferior tengo obligacion de hacer los turnos?

Si se me queda alguna tarea del cierre sin hacer porque he tenido mucho trabajo y poco personal, estoy obligado a hacerlas aun que salga mas tarde de mi hora y que no me las paguen?

Tengo quebranto de moneda....si en la tienda roban producto estoy obligado a pagarlo yo aun que yo no robe y en mis turnos no se robe?

Gracias por su respuesta, un saludo.

El empresario incurre en varias infracciones sancionable por la Inspección de Trabajo, así el empresario debe poner en lugar visible los turnos y comunicar con suficiente antelación los turnos. No hay un cálculo exacto para comunicar con antelación los turnos, tal vez el convenio colectivo aplicable sí lo establezca.

Si te abona el quebranto de moneda, si estarías obligado a pagar los descuadres de caja.