Regulada la tramitación electrónica automatizada de las solicitudes de maternidad/paternidad, jubilación, muerte y supervivencia y asistencia sanitaria

Conforme a la Resolución de 23 de febrero de 2016 (BOE de 1 de marzo), en vigor a partir del próximo 7 de marzo, el INSS podrá tramitar, adoptar y notificar resoluciones de forma automatizada en los procedimientos de:

  • Solicitud de:
    • Prestaciones por maternidad y por paternidad (vid. supuestos incluidos y excluidos en el Anexo de la Resolución).
    • Pensiones de jubilación.
    • Prestaciones por muerte y supervivencia.
  • Reconocimiento de la condición de persona asegurada o beneficiaria a efectos de asistencia sanitaria.
  • Otros relacionados con cualquiera de las citadas prestaciones, incluidas las de modificación, suspensión o extinción del derecho a las mismas.