El TSJN confirma la sentencia que declaró fijos a los 20 bomberos subcontratados por Volkswagen Navarra

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la sentencia que consideró ilegal la cesión a Volkswagen Navarra SA de los trabajadores de otra empresa, que desempeñaban su labor como bomberos, y declaró su derecho a ostentar la condición de empleados fijos.

Los veinte trabajadores demandantes, que prestaban sus servicios en las instalaciones Volkswagen, estaban inicialmente contratados por la empresa Merkor Emergencia y Seguridad. Posteriormente, el servicio de bomberos fue adjudicado a ESC Servicios Generales SL, empresa que se subrogó en sus contratos de trabajo.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Social del TSJN confirma íntegramente la resolución del Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona al considerar que la contrata suscrita entre los recurrentes y Volkswagen Navarra ha consistido, en la práctica, únicamente en la puesta a disposición de bomberos por parte de las empresas cedentes, limitándose a aportar la mano de obra, sin asumir otra función que la de protección contra incendios.

Los trabajadores formalmente contratados por las contratistas, según explican los magistrados, prestan servicios bajo las órdenes de dos empleados de Volkswagen Navarra (el jefe de bomberos y el coordinador de mantenimiento), y lo hacen en las mismas instalaciones que estos. La organización y dirección del servicio de bomberos es asumida por Volkswagen, que es quien elabora los protocolos de intervención, las guías de actuación, las instrucciones de trabajo, el plan de autoprotección y emergencia, el plan anual de mantenimiento de los sistemas contra incendios, y da asimismo todo tipo de órdenes tanto verbales como escritas.

Los trabajadores adscritos a la contrata, prosigue la sentencia, llegan a recibir de Volkswagen Navarra indicaciones sobre cuestiones que ni siquiera forman parte de la labor contra incendios. La formación más importante de los trabajadores ha sido asumida y organizada por Volkswagen Navarra y, en el caso de la empresa, Merkor su único cliente era la factoría de Landaben y sus únicos trabajadores los bomberos de la contrata.

El TSJN sostiene que todos estos hechos acreditados, y que se desprenden del relato fáctico de la sentencia recurrida, no hacen sino confirmar la realidad de que las funciones empresariales respecto de los demandantes se realizan realmente por Volkswagen y, al entenderlo así la juzgadora de instancia, no cabe apreciar ninguna de las infracciones invocadas en los recursos.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL