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Dudas al contratar con nueva empresa

Trabajo de operador a turnos en un centro informático en mantenimiento de los ordenadores yo y otros compañeros (bajo convenio de consultaría) hemos entrado a trabajar con una nueva empresa hace poco y me han informado de unas cosas ante las cuales no se a que atenerme por el desconocimiento de que dice la ley sobre ellas

1- Me han dicho que comunicaran disponibilidades (estas en casa pero disponible para trabajar si ellos lo necesitan a cualquier hora) que solo las pagaran si te hacen ir al trabajo, la primera duda que me da esto es si ¿ellos están obligados a pagar ese tiempo de disponibilidad aunque no te llamen para trabajar? Si no estuviesen obligados a pagar ese tiempo de disponibilidad ¿a cuanto tendrían que pagar la hora? y otra duda que tengo es ¿qué condiciones obligatorias pueden poner en esas disponibilidades? por ejemplo ¿podrían obligar a que no pudieses viajar fuera de la ciudad o a que tuvieses el teléfono de contacto siempre disponible?

2- También trabajamos dos fines de semana, relacionado con ello en el tema de vacaciones nos han comunicado que cuando pidamos fines de semana de vacaciones que nos los podrán aceptar (dar el OK a esas vacaciones) pero que al no ser días laborables los fines de semana aunque anteriormente nos hayan aceptado esas vacaciones podrán solicitarnos en el cuadrante laboral que tengamos que ir a trabajar si lo necesitasen aunque nos hubiesen aceptado las vacaciones.

3- Están hablando de dar el puesto a algún operador de ayudante del coordinador pero los operadores que ascendieron a coordinadores nos han contado que les han puesto 6 meses de prueba, sin cambio de contrato, cobrando lo mismo y luego a los 6 meses les subirían el sueldo y nuevo contrato temiéndonos los demás operadores que nos ofrezcan lo mismo ¿la ley que dice en estos casos de ascensos laborales? pueden hacerte trabajar en el mismo sitio en un trabajo de más responsabilidad con el mismo sueldo con la excusa de los 6 meses de prueba ¿podrían ampararse en algún subterfugio de la ley? porque lo que yo creo es que al momento de ascenderte tendrían que elaborar un nuevo contrato donde aparezca el nuevo trabajo que realizas, el periodo de prueba y evidentemente algo de subida de sueldo.

Gracias por resolver mis dudas.

1. Esta claúsula de disponibilidad debe ser abonado como plus de disponibilidad por suponer al trabajador estar disponible al requerimiento empresarial, con independencia de luego abonarte estas horas relaizadas fuera de la jornada laboral, pero no significa que se aumente de jornada o se esté realizando una jornada extraordinaria.

Será el convenio quien establezca como se retribuirán y las condiciones.

2. Las vacaciones se deben acordar de mutuo acuerdo, por tanto no podrán ser cambiadas de forma unilateral por el empresario. Por supuesto que son días laborales los fines de semanas si en la empresa se trabaja los fines de semana.

3. Desde el primer momento que estén realizando funciones superiorres a las habituales deben de cobrar conforme a esas funciones.

Muchas gracias por su respuesta me fue de gran ayuda.