Certificados del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores
Enviado por Editorial el Jue, 21/03/2013 - 11:56
El pasado 27 de diciembre de 2012 se publicó en el BOE la Ley 13/2012 de 26 de diciembre, de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social.
En dicha Ley se modifica, entre otros, el artículo 42.2 del ET que regula la subcontratación de obras y servicios en concreto la responsabilidad del empresario principal.
En el apartado 1 del artículo 42 se regula lo siguiente:
ART. 42.1 ET: “Los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquéllos deberán comprobar que dichos contratistas están al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. Al efecto, recabarán por escrito, con identificación de la empresa afectada, certificación negativa por descubiertos en la Tesorería General de la Seguridad Social, que deberá librar inexcusablemente dicha certificación en el término de treinta días improrrogables y en los términos que reglamentariamente se establezcan. Transcurrido este plazo, quedará exonerado de responsabilidad el empresario solicitante” |
Se ha facilitado por parte de la TGSS los certificados del artículo 42 del ET de la situación de cotización a la Seguridad Social en dos versiones:
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