Compatibilidad de la deducción de Pyme innovadora y de la bonificación de la Seguridad Social del personal investigador

Compatibilidad de la deducción de Pyme innovadora y de la bonificación de la seguridad social del personal investigador

El Real Decreto 475/2014 en su artículo 6 establece la compatibilidad entre las bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador y la deducción en las cuotas tributarias del impuesto de sociedades para las pymes innovadoras.

Este RD, en su disposición transitoria única, establece la bonificación respecto al personal investigador a tiempo completo en situación de alta al 1 de enero de 2013.

Las pymes que entiendan que reúnen los requisitos citados anteriormente y por tanto que se puedan acoger a esta disposición transitoria, podrán solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la devolución del exceso ingresado, antes del 30 de diciembre de 2014, aunque no se haya publicado todavía el listado de pymes innovadoras que figuren en el registro. Será a partir de enero de 2015 cuando la TGSS deba evaluar las solicitudes de devolución, cuando se contrastarán las mismas con la presencia o no de la pyme solicitante en el citado Registro.

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