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Consideración de las rentas del subsido por desempleo del solictitante y cónyuge

Tenía dudas acerca de la consideración de las rentas en el subsidio por desempleo tanto del solicitante como del cónyuge.
Me refiero a los 426 € que el solicitante cobra por el subsidio de desempleo.
¿Este dinero se considera como renta del solicitante?¿Y de la unidad familiar?
En una unidad familiar de 3 personas con un hijo menor, si los dos solicitantes cobran cada uno 426 € por el subsidio por desempleo. ¿Cómo tengo que tener en cuenta ese dinero a la hora del cálculo de las rentas inferiores al 75% del SMI?

Forums: 

Art, 215.2 LGSS--> "A efectos de lo previsto en este artículo, se entenderá por responsabilidades familiares tener a cargo al cónyuge, hijos menores de 26 años o mayores incapacitados, o menores acogidos, cuando la renta del conjunto de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

No se considerará a cargo el cónyuge, hijos o menores acogidos, con rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias."

Gracias Borja por tu respuesta, pero no es eso lo que estoy preguntando
La vuelvo a formular por si no se entiende:
Si el solicitante cobra 426 € como subsidio por desempleo:
-¿Este dinero lo tengo que considerar como renta del solicitante?
-¿Y cómo renta de la unidad familiar en el caso de la solicitud de prórroga del que cobra el subsidio?
En una unidad familiar de 3 personas con un hijo menor, si el matrimonio cobra cada uno de forma independiente los 426 € del subsido por desempleo:
-¿Cómo tengo que considerar el cobro de los 426 € del marido en la solicitud de subsidio de su mujer?
-¿Tengo que considerar los 426 € de ambos (426 €*2=852 €) como renta de la unidad familiar?