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Dias de libranza

Hola buenas!

Tengo una duda os espongo el caso mi contrato es por obra y servicio de lunes a domingo de 10:00 a 22:00 estoy dentro del convenio de empresas de consultoría y estudios de mercado.
El caso es que solo tenemos un dia libre a la semana haciendo las 40 horas semanales y querria saber realmente a cuantos días de libranza tengo derecho, si uno o dos como casi todo el resto de mortales!

muchas gracias!

Art. 37.1 ET: "Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.

Resultará de aplicación al descanso semanal lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 34 en cuanto a ampliaciones y reducciones, así como para la fijación de regímenes de descanso alternativos para actividades concretas".

Gracias!!!!!