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compatibilidad del desempleo y los salarios de tramitacion

Hola!! En enero me despidieron, yo impugne el despido pero a la vez solicite cobrar el desempleo que me correspondía. Ahora ha salido la sentencia que han condenado al empresario a abonarme los salarios de tramitación. Ahora me surge la duda sí tengo que comunicar que he recibido los salarios de tramitación, pues no sé si es compatible con el desempleo.

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Existe una incompatibilidad entre los salarios de tramitación y las prestaciones por desempleo reconocidas. Por tanto tienes la obligación por haber obtenido primero el desempleo y después esos salarios, tras sentencia o resolución judicial firme, de comunicar la nueva situación al Servicio de Empleo para su regularización. El incumplimiento determina únicamente la devolución de las cantidades correspondientes al solapamiento incompatible entre salarios de tramitación y prestaciones, no alcanzando a la totalidad de las inicialmente reconocidas, ya que durante el percibo de la prestación en la que no incide esa incompatibilidad existe realmente la inicial situación de desempleo protegida de la que deriva aquella única prestación.