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cobro de desempleo no consumido

Teniendo reconocidos 2 años de desempleo,al año conseguí un trabajo para dos meses.
Cuando llevo trabajando 45 días,me diagnostican una enfermedad por la que estaré de baja aprox. un año.
Pregunta:
Si posteriormente consigo un trabajo,aunque sea sólo de un mes,al terminar éste, ¿ podré cobrar el año de paro que no consumí ?
gracias

Forums: 

Para percibir la prestación de desempleo se observa si en los 6 años anteriores a la solicitud has generado el periodo de carencia exigido para el cobro.

Leete el art. 207 de la LGSS, donde te explican los requisitos necesarios.

Perdona pero no entiendo la respuesta. Yo llevaba 31 años en la empresa hasta que cerró.Ahora tengo 55 años. Agradecería saber si tengo derecho a cobrar en el supuesto que planteo,ya que estimo, que con mi edad me va a costar ,encontrar un contrato de larga duración. Muchas gracias por tu respuesta

Entiendo que si has generado un nuevo derecho de prestación, podrás reabrir el periodo no consumido del anterior desempleo que generastes y no agotastes, o disfrutar el nuevo. Pero para que se cumpla este derecho tendrás que haber trabajado doce meses desde que interrumpiste el anterior desempleo. Si no cumplieses ese requisito siempre re quedará solicitar el subsidio de desempleo.