Declarado el fin de la crisis sanitaria por la COVID-19

Un farmacéutico da un medicamento a un cliente

La Orden SND/726/2023, de 4 de julio, recogida en el BOE de 5 de julio y con efectos desde ese momento, publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de julio de 2023, por el que se delara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Ello trae consigo el cese en la aplicación de medidas extraordinarias contenidas en la Ley 2/2021, de 29 de marzo. En concreto se ven afectadas las recogidas en los capítulos II –prevención e higiene, entre cuyas medidas se recogía el uso de mascarillas–, III –en materia de transportes–, IV –relativas a medicamentos, productos sanitarios y otros necesarios para la protección de la salud como los famosos geles hidroalcohólicos–, V –detección, control y vigilancia epidemiológica, si bien sigue aplicándose lo dispuesto sobre protección de datos personales en el art. 27–, VI –medidas para garantizar las capacidades del sistema sanitario– y VII –sanciones–, y en la disposición adicional quinta sobre gestión de la prestación farmacéutica si bien, como se informó en esta página al abordar las medidas de carácter sanitario del Real Decreto-ley 5/2023, la posibilidad de dispensar medicamentos de forma no presencial sigue adelante.

Además, la Orden recoge en su anexo recomendaciones a la ciudadanía y a las autoridades sanitarias.