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dudas jubilación

He agotado seis meses de subsidio de desempleo y ya no me corresponde más. Quisiera saber si con 59 años ya puede acceder a cobrar la jubilación. Un saludo.

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Tal como está hoy en día el panorama laboral la jubilación anticipada ha sufrido bastantes reformas sobretodo en lo que se refiere a la edad, así dependiendo de la causa por la que accede a la jubilación, la edad variará.

- Acceso derivado del cese en el trabajo por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador: Tener cumplida una edad que sea inferior en cuatro años, como máximo, a la edad que en cada caso resulte de aplicación según lo establecido en el artículo 161.1.a) y en la disposición transitoria vigésima.

- Acceso anticipado a la jubilación por voluntad del interesado: Tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad que en cada caso resulte de aplicación según lo establecido en el artículo 161.1.a) y en la disposición transitoria vigésima.

Art. 161.1.a): "Haber cumplido 67 años de edad, o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización, sin que se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente a las pagas extraordinarias".

Mira el cuadro de la disposición transitoria vigésima de la Ley General de la Seguridad Social.