9 razones por las que no debes engañar a tus trabajadores con su contrato laboral
Todos los días empresarios y trabajadores redimen sus diferencias en algún Juzgado de lo Social, siendo los despidos de los trabajadores los casos que generan más litigios. El despido supone el fin de la relación contractual entre el empresario y el trabajador, pero en muchos casos la relación nace ya con fecha de caducidad, pues el contrato es temporal y sin intención de renovación.
En España uno de cada cuatro contratos son temporales, siendo la tasa de trabajo temporal de las más altas de Europa y del mundo según la Organización Internacional del Trabajo, todo un desafío para los responsables de Recursos Humanos de nuestro país, que tienen una gran carga de trabajo seleccionando y finiquitando trabajadores.
En este contexto, muchos trabajadores se acaban adaptando a esta temporalidad y aportan el mínimo esfuerzo y compromiso a sus empresas, mientras que algunas empresas caen en la tentación de engañar a los trabajadores con promesas de contratos fijos, que nunca acaban de formalizarse.
En otros casos, las empresas abusan de los contratos de formación, como el reciente caso de la empresa Externa Team, a la que la Inspección de Trabajo reclama 2,6 millones por fraude de ley en la contratación de 275 camareras de piso con falsos contratos de formación desde 2013.
Sin embargo, por muy bien que se hagan las cosas en las empresas, sería muy raro que no existiera algún litigio con los trabajadores de vez en cuando, pero estos conflictos debieran ser una excepción y no lo habitual, ya que una empresa que engaña recurrentemente a sus trabajadores puede tener los días contados.
Prometer el oro y el moro, para luego dar gato por liebre, es una mala práctica demasiado extendida en nuestro país. Frases como «si trabajas duro al año te hacemos indefinido» o «si te esfuerzas en poco tiempo tendrás una subida salarial», para ver que el contrato indefinido nunca llega y la subida tampoco, teniendo como recompensa al duro trabajo, un finiquito y la frase de despedida de algún compañero que te dice «ya te lo advertí y no me hiciste caso, aquí no cogen a nadie fijo desde hace años».
En cualquier caso, la mentira cuando es reiterada, descubre al que la utiliza, perdiendo toda credibilidad y respeto, por parte de aquellos que son víctimas de ella.
Por lo tanto, cuando se firma un contrato hay que ser sincero con el trabajador y si el contrato es temporal no se le debe engañar ya que un buen responsable de Recursos Humanos encontrará la forma de motivar al trabajador sin recurrir a la mentira.
Además, en nuestro país tenemos contratos suficientes como para que las contrataciones se puedan adaptar a las circunstancias reales de la contratación.
9 consecuencias de engañar a los trabajadores con su contrato de trabajo
El engaño a los trabajadores en lo relativo a sus condiciones de contratación puede tener consecuencias muy negativas para las empresas, las cuales pueden superar elbeneficio pretendido con el engaño, tales como:
- Multas y sanciones, por incumplimiento de la normativa legal, como en el caso del fraude en los contratos de formación.
- Coste de imagen, agravado por el uso de las redes sociales. En cualquier caso, es conveniente vigilar qué se dice de una empresa, cuándo y cómo, ya que si se está trabajando en la empresa y se publican en las redes comentarios que superan los límites de la libertad de expresión, y se calumnia a la empresa, esta conducta desleal puede acabar en despido procedente.
- Baja motivación de los empleados, que cuestionarán el liderazgo de la empresa y toda promesa formulada por la dirección de la empresa.
- Baja productividad. En España se realizan muchas horas extraordinarias, pero la productividad es muy baja. Los trabajadores pueden estar en sus puestos de trabajo y hacer muchas horas, pero si las horas extraordinarias no se remuneran, se abusa de ellas y además el trabajador tiene la certeza de que su contrato de trabajo no será renovado, la productividad será baja.
- Falta de lealtad con la empresa. Si uno se siente engañado nada más entrar en la empresa, puede marcharse a la primera oportunidad que tenga.
- Alta rotación. Una excesiva rotación es contraproducente ya que si cuando los empleados empiezan a dominar su trabajo se prescinde de ellos, se resiente la productividad y la imagen frente a los clientes.
- Se queda en la empresa el que no se puede marchar;los buenos profesionales buscarán otras empresas.
- Los consumidores pueden derivar sus compras a otras empresas si tienen conocimiento de que no se respetan los derechos de los trabajadores.
- Comportamientos poco éticos;hay quien pensará que si a élse le engaña, se encuentra legitimado para pagar con la misma moneda.
Se pudiera pensar que este artículo se escribe para defender los derechos de los trabajadores, pero aún más defiende los intereses de la empresa, ya que los engaños y determinadas prácticas abusivas a la larga acaban siendo contraproducentes para la empresa, pudiendo tener un importante impacto económico, por una doble vía, la de las sanciones y la de la pérdida de negocio por el socavo de la reputación de la empresa, tanto en los medios de comunicación tradicionales, como en las redes sociales.
El CEF y la UDIMA colaboran en la formación de profesionales de los Recursos Humanos, para evitar todos los problemas que una mala gestión de los trabajadores y de sus contratos puede acarrear a la empresa. Para ello, pone a disposición de los interesados, el Curso Práctico de Derecho Laboral y el Máster Universitario en Asesoría Jurídico-Laboral.
José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Director Administrativo y Financiero
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