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protección a la familia por muerte del padre

Tengo una amiga que se ha dedicado siempre a actividades de agricultura, estando incluida en el REA. Pero desde hace más de 5 años volvió a casa de sus padres, tras divorciarse de su marido para cuidar a sus padres. Ahora su padre ha muerto tras una dolorosa enfermedad. Vemos que cumple todos los requisitos para solicitar la prestación familiar por muerte de su padre, excepto el de carecer de medios propios de vida. Lo veo muy injusto pues su dedicación ha sido casi exclusiva para su padre, teniendo que rechazar trabajos en el campo para poder atenderlo. ¿No hay ninguna posibilidad de que lo cobre?

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Entendiendo que realmente cuenta con un medio de vida, no siendo factible que se dedicara al cuidado del causante. La dedicación prolongada no puede interpretarse como dedicación que haya impedido el acceso al mercado laboral, sino que es un requisito que debe valorarse conforme a las circunstancias y realidad actual, siendo contrario a nuestro tiempo que el trabajo fuera del hogar sea compatible con las tareas domésticas.