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VACACIONES MATRIMONIO

Buenas tardes,

Tengo una duda importante en relación con mis vacaciones, y es que yo me caso este verano y tengo que disfrutar de los 17 días naturales a partir de esta fecha. @Primera duda: A contar desde el primer día laborable o desde el día de la boda que no es laborable según mi calendario laborable?

Resulta que durante esas fechas la empresa indica una vacaciones donde supuestamente se cierra. Es decir, me coincide semana y media de mi permiso. Resulta que la empresa no va a a cerrar la totalidad de los días, y en especial, los que a mi me coinciden.

Por un lado me dicen que los pierdo ya que la empresa cierra, pero por otro lado los trabajadores van a trabajar a petición de la empresa.

Están ellos en disposición de quitarme esos días de vacaciones cuando realmente los trabajadores tienen que ir a trabajar?

¿Como recoge la ley esta norma cuando la empresa indica unas fechas de cierre y luego no cumple?

Saludos

Hola,
Quisiera aprovechar esta consulta y preguntar si los días por matrimonio se pueden disfrutar unos días más tarde de la boda si se llega a un acuerdo con la empresa, por ejemplo si me caso el 20 de Junio y quiero disfrutar de los 15 días a partir del 1 de Julio.
Gracias.

El permiso de matrimonio lo puedes disfrutar en otra fecha distinta a la boda, y computaría desde el primer día laborable.

Si coincide con las vacaciones que previamente tenías concertadas, no se suspenden, por tanto no se recuperaran en otra fecha.