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BONIFICACIONES AUTONOMOS

LOS REQUISITOS PARA TENER DERECHO A LAS BONIFICACIONES DE LAS CUOTAS DE LOS AUTONOMOS SON NO HABER ESTADO DADO DE ALTA EN ESTE REGIMEN EN LOS CINCO AÑOS ANTERIORES Y NO DAR DE ALTA A TRABAJADORES POR CUENTA AJENA.
¿PERO QUE OCURRE SI UN AUTONOMO QUE TIENE BONIFICACION EN SU CUOTA EMPLEA A TRABAJADORES PASADO UN TIEMPO DESDE QUE SE DIO DE ALTA?
¿TENDRÍA QUE DEVOLVER LAS BONIFICACIONES APLICADAS O EMPEZARIA A PAGAR SU CUOTA NORMAL DESDE ESE MOMENTO?
¿O POR EL CONTRARIO, COMO HA DADO DE ALTA A TRABAJADORES POSTERIORMENTE A SU ALTA DE AUTONOMO PODRÍA SEGUIR TENIENDO DERECHO A BONIFICACIONES?
MUCHAS GRACIAS.

Entiendo que al igual que casi todas las bonificaciones, en el momento que pierdas el requisito exigido para poder disfrutar de la bonificación se extinguirán los próximos beneficios.

En determinadas bonificaciones te establecen expresamente para su mantenimiento, continuar con esa condición durante el periodo de vigencia, su incumplimiento si conllevaría la devolución y perdida de las bonificaciones percibidas, pero en este caso no se establece nada.