Legislación

Novedades legislativas junio 2009

Reconocimiento del derecho a asistencia sanitaria de los españoles de origen residentes en Estados Unidos y en Suiza

La Resolución de 6 de abril de 2009, conjunta de la Dirección General de Emigración y del Instituto Nacional de la Seguridad Social (BOE de 4 de mayo), modifica la Resolución de 25 de febrero de 2008, por la que se regula el procedimiento para acceder a la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen residentes en el exterior que se desplacen temporalmente al territorio nacional, introduciendo excepciones a la obligación de presentar el certificado emitido por la institución de Seguridad Social competente en el país de procedencia, acreditativo de que no procede la exportación del derecho a la prestación de asistencia sanitaria, cuando se trate del reconocimiento del derecho a esta prestación de asistencia sanitaria para los españoles de origen procedentes de Estados Unidos y Suiza. Así, quedan exceptuados de la regla general de presentación del certificado referido:

Novedades legislativas mayo 2009

Establecido el procedimiento para el registro de los contratos de los TRAUDE

La Resolución de 18 de marzo de 2009, del Servicio Público de Empleo Estatal (BOE de 4 de abril), establece el procedimiento para el registro de los contratos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRAUDE).

El deber de registro del contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) por parte, inicialmente, del TRAUDE, quien procederá a llevarlo a efecto en el plazo de 10 días hábiles desde su celebración, debiendo comunicar al cliente dicho registro en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al mismo, y la previsión de que pueda ser el propio cliente el que dé cumplimiento a este deber cuando el TRAUDE no lo haya hecho en el plazo fijado para lo cual dispondrá de 10 días hábiles desde que haya transcurrido el plazo otorgado al TRAUDE, es una obligación recogida en el artículo 6 del Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero. El registro de los contratos, así como la comunicación de las modificaciones que se produzcan y de su terminación se efectuará –conforme al citado artículo– en el SPEE, de manera presencial o a través de medios telemáticos, siendo este organismo del que dependerá dicho registro con carácter informativo.

Novedades legislativas abril 2009

Desarrollo del Estatuto del Trabajo Autónomo

El Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero (BOE de 4 de marzo) 1, desarrolla la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente (TRAUDE) y su registro, creando, además, el Registro Estatal de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos.

Los contratos celebrados entre los trabajadores económicamente dependientes y sus clientes deberán formalizarse siempre por escrito y ser registrados en la oficina pública correspondiente. El Real Decreto regula las características de dichos contratos subrayando la naturaleza civil, mercantil o administrativa de la relación, en ningún caso laboral; estableciendo los criterios para la determinación de la condición de TRAUDE, la comunicación de tal condición al cliente en el momento de la celebración del contrato y su acreditación; la duración del contrato, su forma y contenido mínimo, y la obligación que incumbe al trabajador de registrar el contrato en el plazo de diez días hábiles desde su celebración. Asimismo, establece las especificidades de este tipo de contratos para determinados colectivos: agentes de seguros, agentes comerciales y transportistas.

Novedades legislativas marzo 2009

Desarrollo de las medidas sociolaborales contenidas en el plan de apoyo al sector del calzado, curtidos y marroquinería

El Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero (BOE del 24), establece medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial.

Las medidas giran en torno al establecimiento de un conjunto de bonificaciones y subvenciones con las que se persigue un doble propósito, por un lado, favorecer el mantenimiento del empleo en el sector, sector que ocupa a un colectivo de aproximadamente 40.000 trabajadores, la mitad de los cuales se concentra en la Comunidad Valenciana, repartiéndose el resto en Cataluña, Castilla-La Mancha, La Rioja y Andalucía y, por otro, que los trabajadores de mayor edad, que tienen escasas posibilidades de reinserción laboral, se integren en el mercado de trabajo.

Novedades legislativas febrero 2009

Establecido para el año 2009 el contingente de trabajadores extranjeros no comunitarios

La Resolución de 26 de diciembre de 2008 (BOE de 7 de enero de 2009), de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de diciembre de 2008, por el que de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en los artículos 77 al 83 del Reglamento de la referida Ley Orgánica, se establece para el presente año el contingente de trabajadores extranjeros no comunitarios estables que se recoge en su Anexo I.

Novedades legislativas enero 2009

Aprobada la creación de dos fondos extraordinarios: Fondo Estatal de Inversión Local y Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo.

El Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre 1 (BOE del 2) aprueba la creación de un Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo que conllevan la aprobación de créditos extraordinarios por un total de 11.000 millones de euros con cargo al Presupuesto de 2008 (8.000 y 3.000, respectivamente). Ambos se financiarán con Deuda Pública.

Novedades legislativas diciembre 2008

Desarrollado el «plan de retorno»

El Real Decreto 1800/2008, de 3 de noviembre (publicado y en vigor el 11 de noviembre), desarrolla las previsiones contenidas en el Real Decreto-Ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen, entendiéndose por país de origen el que corresponda a la nacionalidad del trabajador.

Novedades legislativas noviembre 2008

Regulación de las condiciones laborales de los trabajadores ferroviarios transfronterizos

El Real Decreto 1579/2008, de 26 de septiembre (BOE de 4 de octubre), incorpora al Derecho español la Directiva 2005/47/CE del Consejo, de 18 de julio de 2005, relativa al acuerdo entre la Comunidad de Ferrocarriles Europeos (CER) y la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) sobre determinados aspectos de las condiciones de trabajo de los trabajadores móviles que realizan servicios de interoperabilidad transfronteriza en el sector ferroviario, a través de la adición al Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, de una disposición adicional (la séptima), regulando las condiciones de trabajo aplicables, tanto a conductores y maquinistas, como al resto del personal de acompañamiento, que realizan servicios de interoperabilidad transfronteriza durante más de una hora de su jornada diaria. En concreto, se regulan los descansos diario, semanal y durante la jornada, así como el tiempo de conducción.

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