Legislación

COVID-19. Medidas excepcionales para el personal del sector de servicios sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia relacionadas con la prestación de servicios y la contratación

Para hacer frente a la situación crítica de los colectivos destinatarios de los servicios sociales, que necesitan una atención ineludible e inaplazable, y ante la grave situación de falta de personal que se está produciendo en los centros y entidades públicos y privados acreditados que proveen de tales servicios sociales esenciales, en la Orden SND/295/2020, de 26 de marzo (publicada en el BOE del 28 de marzo y con vigencia desde esa fecha hasta el fin del estado de alarma y su/s prórroga/s), se adoptan medidas en relación con el personal de este sector para garantizar el correcto funcionamiento del sistema de servicios sociales en su conjunto y la continuidad de los mismos.

La Orden SND/295/2020 se aplica a todos los centros y entidades, públicos y privados (estos últimos considerados a estos efectos como operadores de servicios esenciales), que presten cualquiera de los servicios contenidos en el Catálogo de Referencia aprobado por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia el 16 de enero de 2013, y a sus trabajadores y trabajadoras cualquiera que sea la naturaleza de su relación contractual o administrativa.

Las medidas que se establecen son las siguientes:

Publicadas y en vigor medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados del COVID-19

Vista de un almacén a través de una tablet

El Real Decreto-Ley 9/2020, de 27 de marzo (en adelante, RDL), publicado y en vigor el 28 de marzo, recoge en nuestro ámbito las medidas que se exponen a continuación y que complementan las adoptadas en el Real Decreto-Ley 8/2020 con el fin de paliar los devastadores efectos del COVID-19 en nuestro mercado laboral.

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COVID-19. Prórroga del estado de alarma y obligación del Gobierno de informar semanalmente al Congreso de los Diputados

La Resolución de 25 de marzo de 2020, del Congreso de los Diputados (BOE del 28 de marzo), ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020.

COVID-19. Prohibiciones aplicables a los servicios de farmacia hospitalaria

En el ámbito del Sistema Nacional de Salud, desde el 27 de marzo hasta el final del estado de alarma (prórrogas incluidas), se establece por Orden SND/293/2020, de 25 de marzo (BOE de 27 de marzo), la prohibición para los servicios de farmacia hospitalaria de dispensar medicamentos de dispensación hospitalaria para más de 2 meses de tratamiento, si bien la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios podrá reducir este periodo a 1 mes para medicamentos cuya disponibilidad haya de garantizarse.

COVID-19. Nuevo cambio en la excepción de aplicación de normas sobre tiempos de conducción, pausas y periodos de descanso de los conductores de transporte de mercancías

El vértigo con el que se suceden las disposiciones en todos los ámbitos como consecuencia del COVID-19 tiene, en el sector del transporte de mercancías –al que desde aquí rendimos un sentido homenaje– un reflejo evidente. La Resolución de 26 de marzo de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, publicada en el BOE de 27 de marzo, es la tercera que aborda la cuestión de exceptuar temporalmente a estos transportistas del cumplimento de las normas de tiempos de conducción y descanso (recuérdese que la primera resolución que recogió esta excepción fue la de 13 de marzo de 2020, dejada sin efecto por la de 16 de marzo de 2020).

COVID-19. Ayudas para autónomos de la Comunidad de Madrid: apertura de plazo de solicitud el 27 de marzo

El Acuerdo de 25 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno (BOCM de 26 de marzo), con entrada en vigor el 27 de marzo de 2020, modifica las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de las subvenciones del Programa Impulsa para autónomos en dificultades de la Comunidad de Madrid (recogidas en el Acuerdo 23 de abril de 2019), para:

  • Flexibilizar los requisitos de acceso a la condición de beneficiario en los dos supuestos iniciales previstos.
  • Añadir un supuesto nuevo: la situación de crisis provocada por el COVID-19.

COVID-19. Aprobadas las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19

Empresas; autónomos; línea de avales del ICO. Imagen de un artesano en el taller de carpintería

En el BOE de hoy de 26 de marzo de 2020, se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo, por importe de hasta 20.000 millones de euros, de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19.

El Gobierno da así cumplimiento al compromiso con las empresas, especialmente con los trabajadores autónomos y las pymes, de poner en marcha las medidas necesarias para garantizar su liquidez y preservar la actividad productiva y el empleo.

COVID-19. Modificación de las medidas en materia de tráfico y vehículos a motor

Tráfico coronavirus. Imagen de una carretera

El pasado sábado, día 21 de marzo, se publicó en el BOE la Orden INT/262/2020 por la que se desarrolla el Real Decreto 463/2020, de14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

En dicha Orden se incluyen las siguientes medidas:

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