TSJ. Freno al edadismo en la administración: los procesos de estabilización no pueden imponer requisitos lingüísticos que actúen como barreras de exclusión para trabajadores mayores de 45 años
Enviado por Editorial el Vie, 24/07/2026 - 13:15Despido nulo por discriminación. Exigencia de perfil lingüístico no justificado en plaza de oficial administrativo/a en proceso de estabilización de plazas o consolidación de empleo.
En el caso analizado la demandante, de 54 años, prestó servicios como oficial administrativa para la empresa durante más de diez años mediante contratos temporales e interinos. En 2023, la compañía inició procesos de consolidación de empleo (especial y excepcional) para reducir la temporalidad. En dichos procesos, de las seis plazas de su categoría, cinco exigían de forma preceptiva el perfil lingüístico 2 (PL2) de euskera. Al no poseer el título en el momento de la solicitud (aunque lo obtuvo durante el proceso), la trabajadora fue excluida o no resultó adjudicataria de plaza. Tras la cobertura de su puesto por otra aspirante, la empresa extinguió su relación laboral. Establece la Sala que la exigencia del PL2 no se ajustaba a los principios de igualdad, no discriminación y proporcionalidad, ya que la empresa no justificó por qué cinco de las seis plazas ofertadas requerían el PL2, cuando históricamente el conocimiento de euskera nunca había sido un requisito para esos puestos.










