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TS. Situación legal de desempleo ex art. 267.1 a) 7.º LGSS: el cómputo del plazo de 3 meses desde la extinción de la relación laboral anterior se alarga cuando existan vacaciones no disfrutadas en la fecha de finalización del nuevo contrato

Situación legal de desempleo ex art. 267.1 a) 7.º LGSS

Situación legal de desempleo. Supuesto del artículo 267.1 a) 7.º de la LGSS. Resolución de la relación laboral durante el periodo de prueba a instancia del empresario. Requisito de que hayan transcurrido 3 meses desde la extinción de la relación laboral anterior. Efectos de las vacaciones no disfrutadas.

En el caso analizado, el actor causó baja en su anterior empresa el 14 de julio de 2021, suscribiendo contrato con la nueva el 19 de julio de 2021, la cual rescindió el contrato el 11 de octubre de 2021 por no superación del periodo de prueba. Esta última empresa cotizó 7 días por vacaciones no disfrutadas, siendo 92 los días cotizados. El trabajador solicitó la prestación contributiva de desempleo, pero le fue denegada por el SEPE al extinguirse la relación laboral sin que hubiera transcurrido el plazo de tres meses desde la extinción de la anterior (85 días). El TSJ considera que el plazo de tres meses del artículo 267.1 a) 7º LGSS es entre las fechas de extinción de las relaciones laborales (14 de julio de 2021 y 11 de octubre de 2021), por lo que es evidente que no había transcurrido el plazo legal de tres meses. Aunque esto es así, no hay que olvidar que existió un periodo de 7 días de vacaciones no disfrutadas con anterioridad a la extinción de la relación laboral, periodo por el que la empresa cotizó, como es legalmente preceptivo.

La Seguridad Social incluirá 11 nuevas patologías que permitirán a sus afectados tener el acceso a la jubilación anticipada por razón de discapacidad

11 nuevas patologías. Jubilación anticipada por razón de discapacidad

  • Esta medida hará posible que en torno a 50.000 personas trabajadoras con discapacidad puedan anticipar su edad de jubilación hasta los 56 años
  • Las nuevas patologías son: espina bífida, amiloidosis por transtiretina variante, párkinson, distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), enfermedad de Huntington, enfermedad renal crónica estadio 5, esclerosis sistémica, lesión medular, degeneración corticobasal, atrofia multisistémica y parálisis supranuclear progresiva
  • Para la ministra Elma Saiz, “se trata de una resolución de justicia con miles de personas que padecen enfermedades de gravedad que les condicionan enormemente su día a día y tendrán una protección especial”

TS. El permiso parental del artículo 48 bis del ET computa para la determinación de la duración de las vacaciones como tiempo de trabajo efectivo

El permiso parental del artículo 48 bis del ET computa para la determinación de la duración de las vacaciones como tiempo de trabajo efectivo. Imagen de un hombre jugando en la piscina con su hijo

Permiso parental. Derecho a que su disfrute discontinuo sea inferior a una semana y a que se compute para la determinación de la duración de las vacaciones.

El disfrute del permiso parental se ha de llevar a cabo en periodos semanales, ya que el artículo 48 bis del ET establece expresamente que no será superior a 8 semanas, continuas o discontinuas y, por ende, al utilizar el legislador el adjetivo en femenino y plural, califica al sustantivo semanas, por lo que, si se opta por el disfrute de forma discontinua, se habrá de realizar en periodos semanales discontinuos. Consiguientemente, no cabe el disfrute en periodos inferiores a la semana. Esta interpretación es acorde con lo previsto para el disfrute del permiso por nacimiento y cuidado del menor, en el que el legislador hace constar que se disfrutará en periodos semanales, y también para el permiso en los supuestos de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento.

Vivienda, vehículo y préstamos: cómo valorar correctamente estas retribuciones en especie en la nómina

Vivienda, vehículo y préstamos: cómo valorar correctamente estas retribuciones en especie en la nómina. Imagen de un hombre sentado preparando para firmar el contrato de vivienda y de coche

El salario en especie es aquel que el trabajador percibe mediante la entrega de bienes, derechos o servicios por parte de la empresa como parte de su retribución.

En España, esta modalidad retributiva está sujeta a límites estrictos. El artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que el salario en especie no puede superar el 30 % de las percepciones salariales del trabajador ni minorar la cuantía íntegra del salario mínimo interprofesional en dinero.

El debate sobre los límites del salario en especie ha vuelto a la actualidad tras la reciente reforma laboral en Argentina, que permite abonar hasta un 20 % de la remuneración en especie.

En EE. UU. algunas empresas están ofreciendo salarios a la carta, pidiendo a los nuevos empleados que personalicen su compensación con diferentes combinaciones de salario y otros beneficios sociales.

Criterio de gestión del INSS núm. 5/2026 sobre tratamiento a efectos de las prestaciones de Seguridad Social de los periodos de actividad laboral simultánea en España y en otro Estado miembro

Criterio de gestión del INSS núm. 5/2026

El asunto versa sobre el ejercicio de actividad laboral simultánea en España y en otro/s Estado/s del ámbito de aplicación de los Reglamentos Comunitarios de coordinación de los sistemas de Seguridad Social. Se consulta acerca del tratamiento que, a los efectos del reconocimiento y cálculo de las prestaciones de la Seguridad Social, ha de otorgarse a las cotizaciones españolas superpuestas con los periodos de seguro certificados por otro Estado.

(INSS: Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica)

En 2026 sube el SMI y sigue sin tributar en el IRPF

En 2026 sube el SMI y sigue sin tributar en el IRPF. Imagen de unas monedas sobre unos cubos con la palabra salario en forma de gráfica creciente

El Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero (BOE de 19 de febrero), por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026, establece las cuantías que deberán regir entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, procediendo su abono, en consecuencia, con efectos del 1 de enero de 2026.

Las nuevas cuantías, que representan un incremento del 3,1% respecto de las previstas en el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fijó el SMI para 2025, quedan fijadas en:

  • 40,70 euros/día o 1.221 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses, para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de las personas trabajadoras.
  • 57,82 euros/jornada legal en la actividad para las personas trabajadoras eventuales y para las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días.
  • 9,55 euros/hora efectivamente trabajada para las empleadas y empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo.

Abierta la convocatoria 2026 del Premio Estudios Financieros

Abierta la convocatoria 2026 del Premio Estudios Financieros. Imagen revista de trabajo y Seguridad Social

Se ha abierto la convocatoria 2026 del Premio Estudios Financieros en su modalidad de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (36.ª edición), una cita ya consolidada como referente para quienes investigan y proponen soluciones en el ámbito sociolaboral.

Un año más este premio busca reconocer y estimular la labor de investigación, valorando de forma expresa la originalidad y, sobre todo, el carácter práctico de los trabajos presentados, esto es, su capacidad para dialogar con los problemas reales del sistema de relaciones laborales y de protección social.

La convocatoria prevé, tanto para la modalidad que nos ocupa como para las de «Tributación» y de «Educación y Nuevas Tecnologías», un premio de 10.000 € (exentos en el IRPF), pero, además del reconocimiento, el premio impulsa la transferencia del conocimiento y la difusión especializada a través de la RTSS.CEF como referencia en el ámbito sociolaboral.

Participar en 2026 significa someter tu trabajo a evaluación independiente, elevarlo a un estándar exigente y hacerlo visible en un circuito de calidad.

Consulta las bases y presenta tu candidatura: Premio Estudios Financieros | CEF