TS. El Corte Inglés, SA. El Supremo vincula el acceso sindical al registro de jornada (art. 34.9 ET) a la existencia de delegados LOLS y niega al sindicato accionante legitimación para reclamar copias de todos los centros de la empresa
Enviado por Editorial el Jue, 25/06/2026 - 11:44El Corte Inglés, SA. Registro horario. Obligación de entrega de copia física o electrónica del registro de jornada a la representación sindical de los trabajadores. Práctica empresarial consistente en exigir cita previa para el examen del registro horario, limitando el tiempo de análisis y no permitiendo obtener copia. Legitimación activa del sindicato recurrente (CGT) para solicitar el derecho de los trabajadores y sus representantes en todos los centros de España a recibir copias y a tener acceso permanente y sin previo aviso a dicha información.
En el caso analizado se aprecia falta de legitimación activa del sindicato CGT, ya que un sindicato no puede reclamar derechos de información que corresponden legalmente a otros órganos (como los comités de empresa o delegados de personal de todos los centros de trabajo) o a otros sindicatos. Hay que tener en cuenta que, aunque el artículo del 34.9 del ET no menciona expresamente a los sindicatos, el artículo 10.3 de la LOLS sí otorga a los delegados sindicales el derecho a acceder a la misma documentación que la empresa ponga a disposición del comité de empresa, lo que implica que el derecho está vinculado a la presencia de delegados LOLS en centros específicos. Hay que diferenciar, por tanto, aquellos supuestos en los que el derecho se reclama por la mera condición de sindicato (en su caso con una determinada representatividad), de aquellos otros en que la pretensión se fundamenta en la existencia de órganos internos del sindicato en la propia empresa a los que la legislación o los convenios colectivos atribuyen derechos de información y consulta. En el caso analizado, el sindicato demandante tiene representación en dos centros (El Bercial-Getafe y El Corte Inglés Goya), ambos sitos en la Comunidad de Madrid, por lo que su derecho de información queda circunscrito a ellos.










