7 razones por las que no se debe prorrogar un ERTE si la empresa ha recuperado su actividad normal
La crisis desencadenada por la Covid-19 ha puesto contra las cuerdas a muchas empresas que se han visto obligadas a la presentación de un ERTE por causa de fuerza mayor o un ERTE por causas ETOP, situación que algunas empresas prorrogan, ya que no recuperan su actividad a pesar de la «nueva normalidad».
Sin embargo, hay otras empresas que sí están recuperando su facturación, e incluso las hay que, tras la finalización del estado de alarma, están vendiendo más que en el mismo periodo del año anterior.
Pero el agujero creado en las cuentas de resultados de muchas empresas durante el tiempo del estado de alarma es difícil de tapar y, en la España del Lazarillo de Tormes, muchas utilizan la picaresca en los ERTE para intentar mejorar sus resultados.
Para evitar un uso indebido de los ERTE, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha iniciado una campaña que se centra en supuestos de incumplimientos o prácticas irregulares en los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). Según Héctor Illueca, director de la ITSS, con esta campaña «se trata de impedir que el fraude de unos pocos, comprometa el esfuerzo de tantos».
La campaña, que ya está en vigor, gira en torno a las siguientes líneas:
- Información a las empresas. Se envían a las empresas comunicaciones relativas a las obligaciones vinculadas a los ERTE.
- Inspección. Se intensifican las visitas de la ITSS con el fin de detectar incumplimientos o prácticas irregulares, como el reinicio de la actividad, sin comunicación previa al Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE), que implica la reanudación del trabajo, con personas trabajadoras, cobrando la prestación por desempleo.
- Publicidad. El Ministerio de Trabajo y Economía Social también ha activado en sus redes sociales una campaña de divulgación que, con el hashtag #ProtegerLoPúblico, incide en el uso responsable de los ERTE.
Las empresas deben hacer un uso responsable de los ERTE y no prorrogarlos más de lo estrictamente necesario, y ello principalmente por las siguientes razones.
Importantes sanciones por parte de la Inspección de Trabajo
El Real Decreto-Ley 15/2020, endureció las sanciones de tipo laboral, para incluir fraudes en los ERTE, al modificar el párrafo c) del apartado 1 del artículo 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social (LISOS), que queda redactado de la siguiente manera:
«c) Efectuar declaraciones, o facilitar, comunicar o consignar datos falsos o inexactos que den lugar a que las personas trabajadoras, obtengan o disfruten indebidamente prestaciones, así como la connivencia con sus trabajadores/as, o con las demás personas beneficiarias, para la obtención de prestaciones indebidas o superiores a las que procedan en cada caso, o para eludir el cumplimiento de las obligaciones que a cualquiera de ellos corresponda en materia de prestaciones.»
Esta infracción está tipificada como muy grave y las multas pueden oscilar entre 6.251 y 187.515 euros, el rango más alto previsto en la LISOS.
Además, también se modifica el apartado 2 del artículo 23, que queda redactado como sigue:
«2. En el supuesto de infracciones muy graves, se entenderá que la empresa incurre en una infracción por cada una de las personas trabajadoras que hayan solicitado, obtenido o disfruten fraudulentamente de las prestaciones de Seguridad Social».
Por lo tanto, una empresa que cometa un fraude en un ERTE con varios trabajadores recibirá una sanción por cada uno de los trabajadores que se encuentren en situación irregular.
Facilidades de los trabajadores para denunciar situaciones irregulares de forma anónima
En la misma nota de prensa en la que la ITSS alertaba del inicio de la campaña para la detección del fraude en los ERTE, se recuerdan las facilidades para presentar denuncias, mencionando la existencia un «Buzón online», accesible en el sitio web de la Inspección de Trabajo y en la web del propio ministerio que, por medios telemáticos, permite, salvaguardando la identidad de la persona denunciante, comunicar irregularidades relacionadas con los ERTE.
En este sentido, la Inspección de Trabajo focalizará su atención en las denuncias presentadas que relaten hechos de los que se deduzca fraude en prestaciones por desempleo u otro tipo de fraude vinculado a ERTE Covid-19, tales como la realización de horas extraordinarias con personal reincorporado mientras que se mantienen personas trabajadoras en ERTE.
Desmotivación de los trabajadores
Un trabajador al que se le obliga a trabajar en situación irregular se puede sentir desmotivado y su productividad se puede ver mermada. Además, si los trabajadores ven que la actividad de su empresa se mantiene o crece y se mantienen trabajadores en ERTE, mientras otros realizan horas extraordinarias, sin duda esto afectará al estado de ánimo de toda la plantilla.
Pérdida de talento
Un buen trabajador que se encuentre en un ERTE puede intentar cambiar de empresa, sobre todo si ve que se prorroga de manera innecesaria o, peor aún, de manera irregular su situación.
Descrédito de la empresa
Los trabajadores compartirán su situación con sus familias, de forma que una empresa que tenga de manera irregular a sus trabajadores en un ERTE puede estar en el boca a boca de la gente, o lo que puede ser peor aún, en las redes sociales con comentarios que la desacrediten.
Pérdida de negocio que pueden ocupar los competidores
Algunas empresas pueden intentar mejorar sus resultados cometiendo fraudes en los ERTE, pero otras muchas, si ven que el mercado se recupera, incorporarán a todos sus trabajadores e intentarán ganarle cuota de mercado a sus competidores, sobre todo si estos no abastecen la demanda de sus clientes.
Bajas laborales y absentismo
Si algunas empresas pretenden hacer el mismo trabajo con menos trabajadores, mientras que se mantienen a otros en un ERTE, este sobreesfuerzo puede llevar aparejado un incremento de bajas laborales y de absentismo, sobre todo si se prorroga demasiado el sobreesfuerzo exigido a estos trabajadores.
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José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-