COVID-19. Prórroga del estado de alarma y obligación del Gobierno de informar semanalmente al Congreso de los Diputados
La Resolución de 25 de marzo de 2020, del Congreso de los Diputados (BOE del 28 de marzo), ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del día 12 de abril de 2020.
Esta prórroga se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, que hasta el momento ha sido modificado en dos ocasiones: una, como se dio cuenta en su día en esta página, por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, y otra -como consecuencia de la autorización del Congreso-, por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo (BOE de 28 de marzo), añadiéndose una nueva disposición adicional (sexta) para establecer que el Gobierno remitirá semanalmente al Congreso de los Diputados información documental estructurada de la ejecución de las distintas medidas adoptadas y valoración de su eficacia para contener el virus COVID-19 y mitigar su impacto sanitario, económico y social.
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