COVID-19. Los controles en las fronteras interiores terrestres se prorrogan hasta las 00:00 horas del 24 de mayo
Enviado por laboral el Sáb, 09/05/2020 - 09:40
Como consecuencia de la cuarta prórroga del estado de alarma, la Orden INT/396/2020, de 8 de mayo (BOE de 9 de mayo), prorroga los controles restablecidos temporalmente en las fronteras interiores terrestres desde las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020.
Recuérdese que estas restricciones no se aplican a la entrada en el territorio nacional por vía terrestre de:
- Ciudadanos españoles.
- Residentes en España.
- Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.
- Trabajadores transfronterizos.
- Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
- Transporte de mercancías, incluyendo los tripulantes de buques, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo y la actividad pesquera, y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial.
- Personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales.
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