RDL 5/2023: Medidas de carácter sanitario
Continuando con la reseña de los contenidos del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (BOE de 29 de junio y corrección de errores de 1 de julio de 2023), del que ya se han abordado los referentes la conciliación de la vida familiar y profesional y los dirigidos a responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania y a apoyar la reconstrucción de la isla de La Palma, siguiendo la sistemática de la norma mencionamos en esta ocasión una de las medidas adoptadas en el ámbito sanitario.
Así, para que siga siendo posible utilizar el método de dispensación de medicamentos y productos sanitarios en modalidad no presencial (implantado durante la pandemia por COVID), a través del artículo 207 del RDL se incluye en el ordenamiento jurídico la previsión (adición apdo. 8 a art. 3 Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios) de que se aplique no solo a colectivos vulnerables que no tuvieran visitas programadas en el hospital, sino también a aquellas personas cuya situación clínica, de dependencia, vulnerabilidad, riesgo o de distancia al centro lo requiera.