Acuerdo entre España y Nueva Zelanda sobre actividades laborales esporádicas

Acuerdo entre España y Nueva Zelanda sobre actividades laborales esporádicas

La Secretaría General de Inmigración y Emigración ha publicado la Instrucción SGIE 2/2013 sobre Aplicación del Acuerdo entre el Reino de España y Nueva Zelanda relativo al programa de vacaciones y actividades laborales esporádicas.

El objeto del Acuerdo es establecer un programa de vacaciones y de actividades laborales esporádicas para los jóvenes de ambos países.

Así, los ciudadanos neozelandeses beneficiarios del Acuerdo estarán autorizados a trabajar por cuenta ajena en España por el periodo para el que tengan autorizada la estancia sin necesidad de ningún otro trámite administrativo.

Además, los que fueran titulares de una autorización administrativa para trabajar, mantendrán la vigencia de la misma sin necesidad de ningún otro trámite administrativo.