Adelanto en la emisión de providencias de apremio

Adelanto en la emisión de providencias de apremio

El 28 de agosto la Seguridad Social envió las providencias de apremio relativas a las cuotas del mes de junio, que había que pagar antes del final de julio. Los plazos se han ido reduciendo a medida que se ha perfeccionado el procedimiento recaudatorio. La extensión del sistema de liquidación directa permitirá que las providencias de apremio no salgan más de tres semanas después de producirse la deuda.

De cómo y cuándo se recauden las cotizaciones depende en gran medida la sostenibilidad del sistema de pensiones. Y se trata de recaudar sin que la gestión de las deudas provoque demoras en el proceso. De hecho, cuanto menor es el tiempo que transcurre desde que finaliza el plazo de ingreso de las cotizaciones hasta que se cobran efectivamente, más fácil es que esa deuda se cobre. Por eso son tan importantes las mejoras en el procedimiento de recaudación y su agilización.

El 28 de agosto, la Tesorería General de la Seguridad Social consiguió emitir las providencias de apremio correspondientes a las cuotas impagadas de junio, que se deberían haber abonado a lo largo del mes de julio.

Ajustándose a estos plazos, el deudor recibe la notificación de inicio del procedimiento de apremio con anterioridad a la finalización del periodo de pago del mes siguiente. Hasta julio de 2012, podían pasar hasta siete meses.

Hito en la gestión

En los últimos años se ha tratado de afinar el procedimiento recaudatorio y se han introducido las mejoras necesarias para reducir los tiempos de tramitación al máximo y ser más eficaces a la hora de recaudar.

Primero se modificó la normativa del régimen de recargos por ingresos de cuotas realizados fuera de plazo, y desde julio se sustituyó el sistema de recargos progresivos a un solo recargo del 20% por pagar fuera de plazo las deudas que se tengan con la Seguridad Social.

Por otra parte, posibilitar el pago con tarjeta de las deudas en vía voluntaria, unificar el documento de pago de todas las deudas fuera de plazo, e incluir las reclamaciones de deuda en el sistema de notificaciones telemáticas ha sido fundamental para conseguir agilizar y simplificar el procedimiento recaudatorio.

El siguiente paso

El sistema de liquidación directa ha permitido que la Seguridad Social tenga un mayor control sobre el proceso de cotización y recaudación. Este sistema permite el cálculo correcto de las liquidaciones de cuota y hace un seguimiento de las liquidaciones hasta su cobro, anulación, rectificación o declaración de crédito incobrable. Su implantación progresiva, hasta universalizarse, permitirá a corto plazo seguir reduciendo los tiempos y adelantar aproximadamente una semana más la emisión de las providencias de apremio: las deudas que se generen pasarían a emitirse en la tercera semana del mes siguiente a la finalización del plazo reglamentario de ingreso.

REVISTA ACTIVA.-SEGURIDAD SOCIAL