La Audiencia Nacional avala denegar la constitución de un sindicato en la Guardia Civil
La Audiencia Nacional ha avalado la decisión del Ministerio de Empleo de denegar la constitución del Sindicato Unificado de la Guardia Civil. En una sentencia, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional explica que la Constitución, en su artículo 28, establece que la ley podrá limitar o exceptuar del derecho a sindicarse libremente a las Fuerzas o Institutos armados.
El legislador español, tanto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical como en la Ley reguladora de los Derechos y Deberes de los miembros de la Guardia Civil, ha optado por exceptuarlos del ejercicio de ese derecho. Los recurrentes esgrimían a su favor dos recientes sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, referidas a la Gendarmería francesa, donde se declara que no es conforme al artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos exceptuar el ejercicio del derecho de sindicación en los cuerpos armados, aunque sí limitarlos.
Sin embargo, España, cuando firmó el Convenio, hizo reserva de aplicación de ese artículo del Convenio en la medida en que fuera incompatible con los artículos 28 y 127 de la Constitución (este último es el que prohíbe a jueces y fiscales pertenecer a sindicatos).
AUTOR COMUNICACIÓN PODER JUDICIAL