Autorización de residencia por circunstancias excepcionales
Enviado por Editorial el Mar, 08/09/2009 - 08:00
(Comentario a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Córdoba, de 27 de noviembre de 2008, núm. 475/2008)
Concesión de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales a que se refiere el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, por aplicación directa de dicha norma, cuando no se cumplan los presupuestos señalados en el artículo 45 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
D.T. Kahale Carrillo
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