Una de «cal» y otra de «arena»: un ictus isquémico cerebral en Tel Aviv no es accidente en misión
Enviado por Editorial el Mié, 04/06/2014 - 09:56
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de febrero de 2014 –RCUD 42/2013
Sofía Olarte Encabo
Catedrática. Universidad de Granada
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RTSS. CEF. NÚM. 375 (junio 2014)
SUMARIO
1. El marco legal: voluntad del legislador y voluntad legislativa
2. El caso: síntesis del supuesto de hecho
3. Doctrina sentada: posición judicial respecto al marco legal
4. Trascendencia práctica de la sentencia y probabilidad de consolidación como jurisprudencia