Envio del certificado de empresa
Enviado por Piki el Jue, 22/09/2011 - 11:27
Tengo una curiosidad, en los certificados de empresa sigue siendo obligatoria la entrega por parte del empresario al trabajador, o con la reforma por la ORDEN TIN/790/2010, de 24 de marzo, ya no es necesario.
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Certificado de empresa
Ya no es necesario, la empresa tiene que enviarlo por el sistema red y en el INEM ya lo tienen en su base de datos una vez la empresa lo envie.
Simplemente carta de despido, acuerdo extintivo y la liquidación.
Entonces el artículo 22.6 del
Entonces el artículo 22.6 del TRLISOS ya es inaplicable?