El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas urgentes para el Impulso del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento frente a los daños causados por la DANA, con 110 medidas y una inversión de 3.765 millones de euros. Estas nuevas actuaciones, que se suman a las del Real Decreto ley 6/2024, de 5 de noviembre, de más de 10.600 millones de euros aprobados la semana pasada, permiten avanzar en la primera fase de respuesta inmediata y en la segunda de reconstrucción, dentro del citado Plan.
Las nuevas medidas están destinadas a ampliar y reforzar el escudo social puesto en marcha la semana anterior y a ayudar al tejido productivo de las zonas afectadas, para garantizar su pronta recuperación. Entre ellas, se encuentran las ayudas por daños a viviendas, complementos para la infancia, protección a trabajadores, recuperación del tejido productivo o la restauración de la Albufera y entidades culturales.
Ayudas por daños a viviendas y compensación por pérdida de enseres: anticipo del 50%
Las ayudas por daños a viviendas se destinan a mejorar el escudo social, creando más ayudas, agilizando su tramitación, o ampliando el número de ciudadanos que puedan beneficiarse de ellas. Así, se extienden todas las ayudas por daños a viviendas a los inquilinos que tengan fijada en ellas su residencia habitual y, también, a los propietarios que no residían en ellas pero que las tenían arrendadas, así como las compensaciones por pérdida de enseres también a los bienes que no sean de primera necesidad. Además, se realizará un anticipo inmediato del 50% a todos los ciudadanos que las soliciten, de modo que no tengan que esperar mientras se tramita su expediente.
Oficinas temporales de atención a los ciudadanos
Asimismo, y para facilitar el proceso de tramitación, se van a ampliar temporalmente las plantillas en las Subdelegaciones del Gobierno, se van a crear puntos de atención en todas las oficinas de correos, y se va a abrir una red de oficinas temporales en los municipios afectados, empezando por 10 que estarán operativas desde esta misma mañana.
Aumento del Complemento de Ayuda para la Infancia
Se aumenta temporalmente en un 30% el Complemento de Ayuda para la Infancia que perciben las aproximadamente 10.000 familias con menores y de bajos ingresos que residen en las zonas afectadas.
Adicionalmente, se pondrán en marcha subvenciones para la implementación de programas de atención psicosocial a la infancia, la adolescencia y la juventud de emergencia; para llevar a cabo actuaciones de emergencia en recursos residenciales para niños, niñas y adolescentes en situación de desamparo; para la recuperación de instalaciones y zonas de participación, socialización y ocio; y para el fomento y la coordinación de la cooperación social.
Alivio hipotecario y ayudas en materia de vivienda
Igualmente, se extiende el Código de buenas prácticas hipotecario creado con el sector financiero en 2022 durante la crisis inflacionaria, para que los hogares golpeados por la DANA puedan congelar sus hipotecas durante 12 meses adicionales, una vez pasados los 12 meses ya recogidos en el Real Decreto Ley aprobado la semana pasada.
Adicionalmente, se habilitan 150 viviendas de titularidad estatal situadas dentro o cerca de las zonas dañadas, para ponerlas a disposición de los afectados de forma gratuita e inmediata.
También se van a destinar 25 millones de euros para comprar viviendas a través de SEPES Entidad Pública del Suelo y ampliar ese parque para las personas residentes en las zonas afectadas y cuya vivienda haya sufrido daños que impidan la ocupación temporal o permanente debido a las consecuencias de este fenómeno meteorológico. Los inmuebles a adquirir deberán estar en condiciones de ser ocupadas con carácter inmediato por las personas afectadas, o en un plazo compatible con la urgencia de la necesidad a cubrir.
Por último, se ha acordado la creación de un grupo de trabajo y una comisión de coordinación intersectorial con el objetivo de agilizar y facilitar la obtención de suelos finalistas susceptibles de ser utilizados para la construcción de vivienda sujeta a algún régimen de protección pública en las zonas afectadas por la DANA.
Protección de las personas trabajadoras
Se aprueban nuevas medidas para reforzar la protección de las personas trabajadoras.
Con estas medidas se amplía la aplicación de los ERTEs, que tras activarse por fuerza mayor, se aplicarán de forma retroactiva en todas las zonas afectadas, para todas las empresas y personas trabajadoras que, aunque no estén localizadas en los municipios afectados, hayan visto su actividad severamente dañada por la DANA.
Además, se asimila la prestación de incapacidad temporal a la de los accidentes de trabajo, eliminando así el requisito de un número de años previos cotizados para poder acceder a ella. A su vez, se aprueba una nueva prestación extraordinaria para los autónomos que les permitirá compatibilizar su actividad durante 3 meses con la recepción de una prestación extraordinaria por cese parcial, que será equivalente al 50% de su base de cotización.
Se contemplan permisos retribuidos y no recuperables, de forma que las personas trabajadoras podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguna de las causas relacionadas con la DANA siguientes y mientras duren las mismas: imposibilidad de acudir o acceder al centro de trabajo o de realizar la prestación laboral; labores de traslado, limpieza o acondicionamiento del domicilio habitual, y de recuperación de enseres y otros efectos personales; desaparición o fallecimiento de familiares; y atención de deberes de cuidado derivados de la DANA.
Se prioriza la prestación de servicios a través de la modalidad de trabajo a distancia, como forma de organización preferente.
También se configura el Plan Mecuida extraordinario, que permite adaptar o reducir la jornada para la atención de deberes de cuidado protegiendo, de este modo, a todas las personas trabajadores que tengan que hacer frente a deberes de cuidado, incluidas las personas trabajadoras Empleadas de Hogar.
Entre las medidas de protección de trabajadores y trabajadoras aprobadas, se prohíbe el despido de personas trabajadoras de las empresas que hagan uso de las ayudas directas o de los expedientes de regulación de empleo previstos con ocasión de la DANA. De producirse el despido, se calificará como nulo y la empresa deberá devolver las ayudas recibidas. Asimismo, se garantiza que la suspensión de los contratos temporales a causa de la DANA no afecte a la duración máxima de dichos contratos ni a sus periodos de referencia.
Para las personas trabajadoras del hogar, se regulan de manera novedosa las consecuencias derivadas de la imposibilidad total o parcial de prestar servicios en el ámbito del servicio del hogar familiar, para el que se reconoce expresamente el derecho a la suspensión contractual y a la reducción de la jornada, la aplicabilidad del especial régimen de prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor y la forma de acreditar el hecho causante. No será necesario periodo de carencia, no se consumirán periodos cotizados y la cuantía será el 70 por ciento de la base reguladora. Con esta medida se extiende la protección a un colectivo vulnerable y se permite que las personas trabajadoras del hogar accedan a prestaciones de desempleo en unas condiciones que respondan de manera justa a la situación que atraviesan.
Asimismo, se prevé un plan de empleo para la contratación de personas desempleadas que llegará a todas las comunidades autónomas con municipios afectados por la DANA. Este plan supone la inversión de 50.000.000 euros para la contratación de personas del sector agrario con un doble objetivo: por un lado, dar una oportunidad de empleo a personas a quienes la incidencia de la DANA les imposibilite realizar labores, y por otro, que puedan ayudar con su trabajo a las labores de reconstrucción de las zonas afectadas.
Finalmente, en lo referente a las entidades de la economía social, se extiende el escudo laboral previsto a las cooperativas y las personas socias trabajadoras y de trabajo de estas, con tal de que las personas que ejercen su actividad laboral en estas entidades puedan beneficiarse de las medidas incluidas en esta norma en igualdad de condiciones que el resto de las personas trabajadoras afectadas por la DANA.
Prohibición de los cortes de suministros básicos y aplazamiento de facturas
En paralelo, se han adoptado nuevas reglas para proteger a los consumidores, incluyendo la prohibición de los cortes de energía eléctrica y gas a los hogares afectados, al tiempo que se permite, sin coste para el consumidor, la modificación y suspensión temporal de los contratos de suministro y el aplazamiento de las facturas. Igualmente, se conmina a las operadoras de telecomunicaciones y servicios que compensen a sus clientes por los servicios que no han recibido durante la catástrofe.
Se estima que estas actuaciones, junto con las adoptadas la semana anterior, ayudarán a 400.000 trabajadores, 30.000 empresas y 100.000 hogares.
Ayudas al tejido productivo de las zonas afectadas: ayudas directas y línea ICO a agricultores y ganaderos
El segundo paquete de medidas destinadas a ayudar al tejido productivo está dirigido al sector agrario. Se ha aprobado la creación de una nueva línea de ayudas directas de 200 millones de euros que se concederán a aquellas explotaciones que hayan sufrido daños que les impidan realizar la siguiente campaña con normalidad o que tengan unas pérdidas de su potencial productivo superiores al 40%. También se ha puesto en marcha una línea adicional de créditos ICO MAPA SAECA de 60 millones de euros para agricultores y ganaderos, y un programa para reparar infraestructuras agrarias como caminos, bancales y sistemas de regadío de 175 millones de euros que será ejecutado por TRAGSA, con los objetivos de recuperar la producción de alimentos y de evitar el abandono de la actividad agrícola.
Línea ICO: primer tramo de 1.000 millones activado
Se activa también un primer tramo de 1.000 millones de los créditos ICO anunciado la semana anterior, concretando una línea de avales que cubrirán el 80% del préstamo total, para que hogares, empresas y autónomos puedan acceder lo antes posible al importe de las ayudas, subvenciones e indemnizaciones y también acometer las inversiones que necesiten. A su vez, se han flexibilizado las ayudas, plazos de ejecución y condiciones de los proyectos a las empresas industriales, de forma que será posible el acceso inmediato a liquidez a hogares, autónomos y empresas sin necesidad de esperar al pago de las indemnizaciones y ayudas de cualquier Administración pública o del Consorcio de Compensación de Seguros.
Este primer tramo se articula en tres modalidades según el beneficiario de la financiación y el destino de la misma:
- Los beneficiarios de las dos primeras modalidades, dirigidas a atender las necesidades más urgentes de liquidez, son hogares y autónomos y empresas que estén empadronados, tengan su centro de trabajo, su residencia habitual o esporádica, o su domicilio social o establecimiento industrial, mercantil o de servicios en alguno de los municipios del Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, que se hayan visto afectados por la DANA.
- Adicionalmente, se habilita una tercera modalidad con la articulación de avales sobre operaciones de préstamo dirigidas a empresas y autónomos destinadas a la recuperación de la capacidad productiva de las empresas. En particular, la financiación se dirigirá, por un lado, a la renovación de los activos dañados, así como a otras inversiones para mejorar el establecimiento afectado o el proceso general de producción y, por otro lado, a atender las necesidades de capital circulante.
Medidas fiscales para autónomos y empresas
En materia fiscal, se aprueba una reducción del 25% en la tributación por módulos de los autónomos afectados por la DANA. Esta medida permitirá un ahorro medio de casi 400 euros a más de 22.600 contribuyentes. También se reducen un 25% las cuotas devengadas en el régimen simplificado de IVA, lo que permitirá un ahorro de 92 euros de media para otros 4.900 autónomos.
Además, se permite excepcionalmente a los autónomos y empresarios renunciar a la tributación por módulos en 2024 habilitando que vuelvan a ese régimen de tributación en 2025 y 2026 si lo prefieren.
También se amplían los beneficiarios de las ayudas directas para autónomos y empresas a aquellos que se hayan visto afectados, aunque no tengan su domicilio fiscal en los municipios dañados por la DANA y se aprueba la exención del IBI de naturaleza rústica del ejercicio 2024 para agricultores y ganaderos que tengan pérdidas. Además, se extiende la flexibilización en los plazos y procedimientos tributarios autonómicos y locales en línea con los establecidos para los de carácter estatal con la Agencia Tributaria.
Restauración de la Albufera y cuencas fluviales y ayudas a cines, librerías y entidades culturales
También se ha dado el primer paso para poner en marcha un plan de 45 millones para la restauración de la Albufera, uno de los principales patrimonios de la biodiversidad en la Península ibérica, y las cuencas fluviales afectadas por la inundación y se han establecido casi 2 millones en ayudas directas para cines, librerías y entidades culturales que han tenido que cerrar.
Plan de Acción de 500 millones contra el lodo
El real decreto-ley habilita una partida de 500 millones de euros para financiar un Plan de Acción contra el Lodo destinado a retirar el barro, los restos acumulados y reparar las redes de agua de los municipios afectados. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en colaboración con expertos, técnicos públicos y empresas del sector privado, ha elaborado una propuesta integral y el Consejo de Ministros ha aprobado dicho plan y la exención temporal del canon de control de vertidos y la creación de la línea de subvenciones de 500 millones de euros.
El real decreto-ley recoge también medidas dirigidas a ayudar a los estudiantes afectados por la DANA para la flexibilización de las prácticas de FP y otras enseñanzas. De esta forma se garantizará que todos los alumnos puedan cursar y titular sus formaciones. Así, los alumnos de primer curso que tuvieran que realizar prácticas en empresas, serán eximidos y podrán realizarlas durante el segundo curso; para los de segundo curso se ofrecerán distintas alternativas: por un lado, el Gobierno está trabajando en articular un acuerdo con empresas de todo el país para darles la posibilidad de realizar la formación en sus centros de trabajo; por otro, se les permitirá aplazar, en las mismas condiciones, las prácticas de formación que tienen que realizar en segundo curso al primer trimestre del siguiente, el 2025-2026.
Las medidas de carácter sanitario se encaminarán a la creación de equipos específicos para la atención a los problemas de salud mental de la población de estas zonas, para la prevención y promoción de la salud mental, la detección de problemas graves de salud mental y la coordinación con otros agentes que fuera necesario para el cuidado de la salud mental de la población. Toda la intervención está configurada a partir de la Guía del Inter-Agency Standing Committee sobre Salud Mental y Apoyo Psicosocial en Emergencias Humanitarias y Catástrofes, siguiendo los mejores estándares de atención en emergencias y catástrofes.