Reforma de las leyes de dependencia y discapacidad

Reforma de las leyes de dependencia y discapacidad

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley por la que se modifican el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Los cambios normativos buscan garantizar mayores derechos para las personas con dependencia o con discapacidad y amplían el catálogo de servicios a los que pueden optar.

Reforma de la Ley de dependencia

En cuanto al Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, el nuevo texto va a suprimir el régimen de incompatibilidades en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para permitir una mayor personalización en la atención a cada persona, así como también eliminará el plazo suspensivo máximo de dos años que hay en las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar.

Según datos del Ministerio de Derechos Sociales, en España hay casi 2 millones de personas que requieren atención por parte del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y en 2024 se destinaron 783 millones de euros a las comunidades autónomas para la financiación del SAAD.

Por ello, el nuevo texto de la Ley de Dependencia va a ampliar y reorganizar los servicios ofrecidos para centrarlos en la persona en lugar de ofrecerlos según un modelo asistencialista desarrollado en grandes residencias. Al mismo tiempo, la reforma incorpora nuevos servicios orientados a este fin, como la extensión del servicio de ayuda a domicilio a actuaciones en el entorno comunitario que van más allá de las necesidades de cuidado personal y domésticas. Así mismo, se amplía la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, permitiendo que se reconozca también cuando el cuidado lo presten personas allegadas, respondiendo así a las necesidades de las personas que viven solas o con otras convivencias.

En esta misma línea, el anteproyecto de ley reconoce la teleasistencia como un derecho universal para todas las personas en situación de dependencia que residan en su domicilio. A partir de la aprobación de la reforma, todas estas personas podrán reclamar la teleasistencia y los gobiernos autonómicos estarán obligados a ofrecer este servicio más allá del límite presupuestario en cada territorio. Además, la reforma elimina la restricción que limitaba la asistencia personal a los ámbitos de educación y trabajo para permitir orientarlo a cualquier edad y a todas las áreas de la vida de la persona.

Por otra parte, el anteproyecto de ley incluye tres nuevos servicios en el catálogo. En primer lugar, ofrece servicio de cuidados y apoyos en vivienda, ya sean viviendas donde convivan solo unas pocas personas o viviendas dentro de equipamientos colectivos como puede ser el modelo de vivienda colaborativa conocido como "cohousing". En segundo lugar, se estipula un servicio de provisión de productos de apoyo para facilitar el acceso, mediante préstamo o cesión temporal, a productos que mejoren la autonomía. Y, en tercer lugar, se incluye un servicio de asistencia personal que proporciona apoyos y cuidados personalizados a través de asistentes personales, siguiendo un plan de actividades ajustado a la voluntad y preferencias que tenga cada persona, especialmente para aquellas que tienen mayores necesidades de apoyo.

A esta ampliación de servicios, la reforma suma más derechos en materia de dependencia.Por ejemplo, se contempla que sea la persona dependiente quien tenga derecho a decidir sobre las prestaciones y los servicios que reciba, y que pueda garantizar su derecho a permanecer en el entorno elegido o a recibir una atención libre de sujeciones físicas, mecánicas, químicas o farmacológicas.

Otro derecho importante que recoge el anteproyecto es el de las personas en situación de dependencia a recibir una atención sanitaria sea cual sea el lugar de residencia. La reforma obligará a las comunidades autónomas a implementar procedimientos de coordinación entre los servicios sanitarios y sociales, con el objetivo de proporcionar una atención integral que combine ambas áreas. La reforma legislativa aborda, además, la situación de las personas cuidadoras no profesionales, incluyendo un derecho para que puedan recibir apoyos, asesoramiento, seguimiento y formación para su bienestar físico y emocional; así como para obtener información accesible sobre las prestaciones y la calidad de los servicios, y para disponer de medidas para la conciliación de su vida personal, familiar y laboral.

Reforma de la Ley de discapacidad

En relación con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, el anteproyecto de ley aprobado se presenta como un desarrollo normativo del nuevo Artículo 49 de la Constitución Española. La reforma cambiará la Ley de Discapacidad para el reconocimiento de derechos fundamentales como la accesibilidad universal. Esto se concreta en que la ley estipulará este derecho como reivindicable ante cualquier instancia, de forma que se puede exigir la accesibilidad en edificios o en servicios que sean públicos. Para ello, se creará un Fondo Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las intervenciones que sean necesarias, como la instalación de rampas para sillas de ruedas o la creación de QR para audiodescripciones.

En lo referente al ámbito privado, el anteproyecto incluye una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a las administraciones competentes a ofrecer ayudas económicas para realizar obras de accesibilidad en edificios de viviendas y para obligar también a las comunidades de vecinos de cada edificio a solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita. Por otra parte, el nuevo texto facilitará los requisitos para acceder a estas ayudas, rebajando del 75% al 70% el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad de vecinos para llevar a cabo la reforma que se precise.

Otro derecho fundamental que garantiza el anteproyecto está relacionado con los seguros de salud o de vida, prohibiendo a las compañías asegurados a discriminar a personas con discapacidad que quieran contratar un seguro. Por otro lado, se simplificarán algunos trámites administrativos para poder acelerar los procedimientos. En este sentido, se va a establecer una pasarela directa para que las personas a las que se le concede cualquier grado de dependencia sean reconocidas con una discapacidad del 33%.

La reforma contempla también importantes medidas referentes a la tecnología, estableciendo una supervisión del desarrollo de la inteligencia artificial y otras tecnologías para eliminar sesgos discriminatorios que puedan afectar a las personas con discapacidad. La tecnología también se observa como una oportunidad dentro de la norma, por lo que se designará a las personas con discapacidad como grupo social de interés preferente para el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y se fomentarán los usos positivos de las nuevas tecnologías y la generación de conocimiento en torno a la ciencia y la tecnología enfocada a personas con discapacidad.

Por último, el anteproyecto hace una mención específica a la situación de las mujeres discapacidad, incidiendo en la importancia de busca garantizar su salud sexual y reproductiva. Así mismo, se alude a los niños y a las niñas con discapacidad, poniendo el foco en el fomento del desarrollo infantil a través de los servicios de atención temprana.

(CONSEJO DE MINISTROS 11-2-2025)