Convocatoria para subvenciones para el mantenimiento del empleo en Centros Especiales de Empleo
La Orden de 3 de diciembre de 2015, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Aragón el 4 de diciembre de 2015, ha aprobado la convocatoria de subvenciones extraordinarias para el mantenimiento del empleo en Centros Especiales de Empleo.
Con esta convocatoria se persigue favorecer el mantenimiento del empleo de los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral que estuviesen contratados en dichos centros especiales de empleo.
Los destinatarios finales de esta medida de fomento serán los trabajadores con discapacidad de los centros especiales de empleo que tengan especiales dificultades de inserción laboral y estén vinculados al centro mediante la relación laboral de carácter especial o, en su caso, los que tengan la condición de socio trabajador del centro especial de empleo si este fuese una cooperativa de trabajo asociado.
Se considerará que existen especiales dificultades para su inserción laboral cuando el trabajador con discapacidad esté incluido en alguno de los grupos siguientes:
- Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
- Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
El importe de la subvención será de hasta un 25% del salario mínimo interprofesional por cada uno de esos trabajadores.
El cálculo se realizará una sola vez teniendo en cuenta el número de días efectivamente trabajados dentro del período comprendido entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de junio de 2015, ambos inclusive, e incluirá la parte proporcional de las pagas extraordinarias correspondientes a dicho período.
En el caso de contratos a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada.
El plazo de presentación de las solicitudes será de siete días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria.