Diálogos con la jurisprudencia. El correcto cumplimiento del deber de prevención ante el acoso: la diligente gestión de los factores de riesgos psicosociales y la indemnización por los incumplimientos
Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas 299/2021, de 22 de marzo
Resulta muy interesante observar cómo muchas de las sentencias de nuestros tribunales llegan a conocer de los asuntos de acoso a través de los procedimientos de vulneración de derechos fundamentales, pero en conexión con el derecho a la seguridad y salud laboral de las personas trabajadoras. Tal es el caso de la sentencia objeto del comentario que se presenta en este trabajo. Analizaremos la importancia del cumplimiento de las medidas de prevención en relación con los riesgos psicosociales, la importancia de la puesta en marcha y funcionamiento del protocolo de acoso, y las consecuencias que tiene el incumplimiento de estas obligaciones preventivas en relación con la responsabilidad por daños.
Palabras clave: acoso; prevención de riesgos laborales; riesgos psicosociales; indemnización por daños y perjuicios; protocolos.
Amanda Moreno Solana
Profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad Carlos III de Madrid
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RTSS. CEF. NÚMS. 461-462 (agosto-septiembre 2021)
Sumario
1. Marco normativo. La regulación del acoso a las puertas de la ratificación del Convenio 190 de la OIT
2. Supuesto de hecho. Demanda por vulneración del derecho a la integridad física y moral y por vulneración de la Ley de prevención de riesgos laborales
3. Doctrina judicial. El alcance de la obligación de prevención y la responsabilidad por los daños ocasionado
4. Trascendencia de la doctrina más allá del caso