Despido disciplinario por robo
Enviado por pasagu99 el Mar, 18/12/2012 - 23:06
He robado 200 Euros de la cartera de un compañero; al día siguiente me arrepentí y se lo devolví junto
con una carta de disculpa pero sin identificarme; envié un correo electrónico a otro compañero contándole
lo sucedido. Parece que hay posibilidad de rastrear tanto la carta (impresa en la oficina) como el correo.
En todo caso, si me dan la carta de despido por robo aportando alguna de estas posibles pruebas, ¿puedo hacer algo?
¿tengo alguna posibilidad de que no me despidan o de que lo hagan de forma que cobre indemnización?
El hurto, robo o apropiación
El hurto, robo o apropiación constituyen transgresión muy grave del deber de buena fe, independientemente del valor de lo sustraído. En ocasiones los convenio colectivos establecen como se sancionará. Aqui rige la teroría gradualista, en donde dependerá de muchos factores las consecuencias. En el supuesto de que te despidieran siempre puedes reclamar contra este despido. Para el supuesto de despido disciplinario el empresario no tiene deber de indemnizarte.