TS. Despido improcedente de trabajador designado para la prevención de riesgos laborales: le corresponde el derecho de opción del art. 56.4 del ET, aunque el cese haya sido por conductas no relacionadas con la actividad preventiva

Despido improcedente de trabajador designado para la prevención de riesgos laborales: le corresponde el derecho de opción del art. 56.4 del ET aunque el cese haya sido por conductas no relacionadas con la actividad preventiva. Imagen de un vendedor de coche muy sonriente

Despido improcedente. Trabajador designado para ocuparse de la actividad preventiva de la empresa. Derecho de opción entre readmisión o indemnización otorgado a los representantes legales de los trabajadores.

No se pueden vincular las garantías que ostentan los trabajadores designados por el empresario para ocuparse de la actividad preventiva en la empresa a que, en caso de despido disciplinario, este lo sea en relación con la actividad desplegada. Una cosa es que el trabajador que ostenta dicha función no pueda ser despedido por razones vinculadas a la misma y otra distinta es que, siendo objeto del despido del artículo 54 del ET, de ser este calificado como improcedente, proceda la aplicación del mandato del artículo 56.4 del ET. Esta garantía opera en todo caso y a favor de quien ostenta la condición de representante legal de los trabajadores o delegado sindical y, como en este caso, del trabajador designado por el empleador para la actividad preventiva, cuyo derecho viene establecido en el artículo 30.4 de la LPRL que, expresamente, se remite al citado artículo 56.4 del ET. En esa línea, debemos hacer mención de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se afirma que, en caso de destitución de un trabajador que ha sido designado por el empleador, como delegado de protección de datos, el régimen jurídico de garantías que la legislación de un Estado miembro, compatible con el Derecho de la Unión, tenga establecido a su favor, en razón a tales cometidos, opera aunque la destitución no esté relacionada con el desempeño de las funciones correspondiente a esa delegación (STJUE, de 9 de febrero de 2023, asunto C-453/21). (Vid. STSJ de Andalucía/Granada, Sala de lo Social, de 21 de septiembre de 2023, rec. núm. 2733/2022, casada parcialmente por esta sentencia).

(STS, Sala de lo Social, de 20 de enero de 2025, rec. núm. 5028/2023)