Diálogos con la jurisprudencia. La diferencia (invisible) que duele: sobrerrepresentación femenina en las fibromialgias y migrañas, subestimación judicial de su incapacitación laboral

Nuevos fragmentos de derecho vivo de la Seguridad Social: estado del arte sobre algunas deudas de sexo y género pendientes

A propósito de las Sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia de Galicia 3751/2021, de 8 de octubre, y de Castilla-La Mancha 1512/2021, de 8 de octubre

Determinadas enfermedades de origen común, como migrañas o fibromialgias, afectan de forma prevalente a las mujeres. Sin embargo, ni la entidad gestora de las pensiones por incapacidad permanente ni los tribunales otorgan el suficiente reconocimiento prestacional a este tipo de situaciones, muy dolorosas y altamente incapacitantes en la realidad. El resultado es una importante brecha de sexo en esta rama de protección social, una nueva diferencia peyorativa para las mujeres especialmente grave, porque al dolor psicofísico se suma el de la incomprensión y desprotección social. En este comentario se hace una profunda revisión de la doctrina judicial española más reciente en esta materia.

Palabras clave: incapacidad permanente; migraña; fibromialgia; brecha de género.

Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén

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RTSS. CEF. NÚM. 466 (enero-febrero 2022)

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Sumario

1. Marco normativo: persistente indiferencia de la legislación a las enfermedades feminizadas, de origen profesional o común
2. Los casos: la evidencia científica confirmada en los relatos de hechos probados
3. Doctrina judicial: ni por sí, ni conjuntamente, migraña y fibromialgia son, aquí, causas de IP absoluta, si acaso total
4. Trascendencia jurídico-social: subestimación, infravaloración y continua falta de perspectiva de género en la calificación de migrañas y/o SFM

4.1. ¿Rectificación regresiva o normalizadora?: pasos atrás en la doctrina judicial e imposibilidad (fáctica) de unificación de doctrina
4.2. Pese al aumento de casos, y el lento avance del reconocimiento de la IP total, la subestimación sigue siendo la posición dominante
4.3. De la subestimación a la infravaloración protectora: ¿se crean «bolsas de pobreza pensional femenina» en la rama de IP?
4.4. Una tercera deficiencia protectora: los desajustes entre la calificación de seguridad social (IP) y laboral (ineptitud sobrevenida)
4.5. ¿Y el «varón migrañoso» y/o con fibromialgia es visible judicialmente?: un reconocimiento más infrecuente, pero de mayor cuantía económica