BAJA POR EMBARAZO DE RIESGO
Enviado por chelo el Lun, 10/11/2014 - 19:22
Buenas tardes, quería información sobre la baja por embarazo de riesgo que te proporciona la seguridad social, mi duda es si este tipo de baja es como una enfermedad común y los 3 primeros días no cobras, luego cobras el 60% y luego el 75% el primer mes y ya hasta el 90 día el 100%, mi duda es a partir del 90 día cuanto cobras o si por embarazo de riesgo es otro tipo de baja y cobras el 100%.
Gracias
Hola Chelo, La LGSS dice que
Hola Chelo,
La LGSS dice que en el caso de riesgo en el embarazo, la prestación que corresponde es del 100% de la base de cotización desde el primer día que se suspenda el contrato.