La empresa está activamente legitimada para impugnar judicialmente la resolución del INSS en la que se reconoce al trabajador la prestación de incapacidad permanente
El Tribunal Supremo determina, en sentencia de 4 de abril de 2011, que en materia procesal, la empresa está activamente legitimada para impugnar judicialmente la resolución del INSS que reconoce al trabajador la prestación de incapacidad permanente total cuando pretende la revisión hacia un grado inferior de incapacidad (lesiones permanentes no invalidantes en el caso) y ello aunque haya impugnado infructuosamente otra resolución de la gestora declarando su responsabilidad en el accidente e imponiendo, en abstracto, el oportuno recargo sobre la prestación. Negarle a la empresa legitimación en este supuesto equivaldría a privarle del derecho a defender su patrimonio, ya que el reconocimiento de la prestación genera una obligación de pago para ella.