cobro de prestaciones tras ere
Enviado por Wigum el Mar, 28/01/2014 - 17:49
Tras estar 5 meses en un ERE mi empresa me despidió. Sin saber muy bien lo que firmaba (ya que me garantizaban el cobro del despido), firmé un despido por el artículo 54 del E. T.T. A continuación después de apuntarme al paro, fui a una conciliación en la Consejería de Trabajo y bienestar de la Xunta de Galicia. En este acta la empresa me abona el dinero y reconoce que el despido fue improcedente. El problema radica en que a la hora de las prestaciones me han descontado los 5 meses del ERE, recurrí presentando este acta y me la han desestimado, instándome a interponer Demanda ente el Juzgado de lo social. ¿Llevan razón o no?
Muchas gracias.
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