Publicada en el BOE la Resolución por la que se aprueba la Estrategia Global para el Empleo de trabajadores de más edad (55 y más)

Publicada en el BOE la Resolución por la que se aprueba la Estrategia Global para el Empleo de trabajadores de más edad (55 y más)

Mediante Resolución de 14 de noviembre de 2011 se aprueba la Estrategia Global para el Empleo de los trabajadores de más edad 2012-2014.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 28 de octubre de 2011, adoptó a propuesta del Ministerio de Trabajo e Inmigración, el Acuerdo por el que se aprueba la Estrategia Global, estando vigente desde el año 2012 hasta el 2014.

Esta Estrategia va a ser la hoja de ruta que oriente la actuación de las Administraciones Públicas respecto a las medidas dirigidas al colectivo de trabajadores de más de 55 años y cumple con el compromiso alcanzado con los agentes sociales en el Acuerdo Social y Económico del pasado mes de febrero. Este compromiso se plasmó en el Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de febrero en su Disposición Adicional Segunda.

QUÉ ES LA ESTRATEGIA 55 Y MÁS

Constituye el instrumento para establecer el marco general de las políticas que se dirijan a favorecer el empleo de las personas de más edad, considerándose como tales a los trabajadores de más de 55 años, sin perjuicio de que determinadas medidas que se incluyen en la Estrategia pueden tener una edad de aplicación más temprana.

OBJETIVOS GENERALES

Elevar la tasa de empleo.

  • Favorecer el mantenimiento del empleo y la existencia de carreras de cotización más largas.
  • Mejorar las condiciones de trabajo, con particular atención a la mejora de su seguridad y salud en el trabajo.
  • Promover la reincorporación al mercado de trabajo de los trabajadores de más edad que pierden su empleo, asegurando una adecuada protección social durante la situación de desempleo.

LAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN ESTÁN RELACIONADAS CON:

  1. Mantenimiento en el empleo de los trabajadores
  • Jubilación parcial y contrato de relevo siendo modificado recientemente por la Ley 27/2011.
  • Incentivos al mantenimiento del empleo, ampliándolos.
  • Mantenimiento del empleo de los trabajadores autónomos; llevando a cabo procesos de reconversión con políticas de apoyo sectorial.
  • Cláusulas de los convenios colectivos referidas a la edad ordinaria de jubilación: los interlocutores sociales deberán analizar la mejor forma de promover que los convenios incluyan cláusulas que favorezcan de manera real y efectiva la no discriminación por razón de la edad.
  • Formación a lo largo de la vida laboral. Los datos indican que la tasa de empleo tiene una relación directa con la formación de trabajador. Por ello se establecerán medidas que estimulen los proyectos de formación de trabajadores de más edad
  • Sensibilización social de los valores positivos del trabajo de los trabajadores de más edad. La Ley 2/2011 de economía sostenible, señala que las Administraciones Públicas mantendrán una política de promoción de la responsabilidad social. Para ello las Administraciones desarrollarán campañas de información y sensibilización.
  1. Condiciones de trabajo.
  • Jornada de trabajo. La influencia del trabajo en la salud se acentúa en los trabajadores de más de 55 años, esto obliga a considerar que una mayor flexibilidad en la organización del trabajo permitiría a este colectivo retirarse progresivamente de la población activa reduciendo su jornada laboral y evitando que tengan que cesar definitivamente. Por ello, parece pertinente estudiar la viabilidad jurídica, económica y social de establecer en la legislación laboral un derecho a la reducción de jornada con la reducción proporcional del salario de trabajadores a partir de una edad.
  • Seguridad y salud. A partir del los 55 años la población es más vulnerable a una serie de procesos patológicos directamente relacionados con el envejecimiento. Por ello es necesario explorar vías de actuación en relación sobre todo con una adecuada planificación de la actividad preventiva adaptada a la edad. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo elaborará un documento con las recomendaciones.
  • Movilidad funcional. Si de la evaluación de riesgos se concluyera que la edad pudiera ser un handicap para que el trabajador desempeñe determinados puestos de trabajo, deberán plantearse todas las opciones posibles antes de su salida del mercado.
  • Medidas en el marco de la investigación encaminadas a la protección social. Desde el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo se impulsará la realización de investigaciones específicas en materia de condiciones de trabajo y salud que permitan detectar perfiles de morbilidad asociados con la edad.
  1. Reincorporación al mercado de trabajo.
  • Orientación profesional y activación hacia el empleo. Los Servicios Públicos de Empleo adaptarán su catálogo de servicios a las necesidades de este colectivo con el objetivo de activarlo hacia el empleo.
  • Formación para el empleo, recualificación profesional y acreditación de competencias profesionales. Se proponen, entre otras medias, promover la acreditación de competencias profesionales adquiridas por medios informales y elevar la formación para el empleo del colectivo de mujeres de 55 y más años con nivel de estudios bajos y medios en cualificaciones relacionadas con servicios de restauración.
  • Incentivos para la reincorporación al mercado de trabajo. Se propone el estudio de incentivos a la aceptación de trabajos de menor cualificación que impliquen un salario inferior a la cuantía que eventualmente percibe el trabajador durante el cobro de la prestación por desempleo y que supongan, al menos, una mejora en términos de cotización para su jubilación. Las medidas deben tener en cuenta la austeridad del gasto público.
  • Trabajo autónomo y empresas de economía social. Se proponen, entre otras, las siguientes medidas; bonificaciones o elevación de la cuantía máxima del pago único de la prestación por desempleo.
  • Protección por desempleo: subsidio para mayores de 52 años y renta activa de inserción. Hay que analizar el colectivo para comprobar la situación laboral de protección así como su grado de disponibilidad.
  • Pactos de no competencia e incompatibilidad para después de extinguido el contrato. Estudio de la posibilidad de prohibir las cláusulas de los ERE por la que se incluye la incompatibilidad para desarrollar otro trabajo.
  • Ayudas a trabajadores afectados por ERE en situación de especial desprotección social. En un contexto de prolongación de la vida laboral y de retraso de la edad legal de jubilación, debería examinarse si las ayudas actuales deben mantener su configuración actual o reorientarse hacia su reincorporación

Los actuales órganos de participación social con agentes sociales y económicos y los órganos de concertación territorial AGE-CCAA en materia de empleo, realizarán el seguimiento y evaluación de las medidas contempladas en la presente Estrategia.

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