Estructura de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad Social
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regulaba la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social y el Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las principales modificaciones son las siguientes:
En la Tesorería General de la Seguridad Social, se atribuyen nuevas funciones a la Secretaría General, con nivel orgánico de subdirección general, tiene atribuidas en este proyecto nuevas funciones.
Se le atribuye la competencia en materia de contratación hasta ahora desempeñada por la Subdirección General de Gestión del Patrimonio y Contratación, que con esta modificación pasa a denominarse Subdirección General de Gestión del Patrimonio.
De las 7 Subdirecciones Generales actuales, la nueva Subdirección General de Afiliación, Cotización y Recaudación en Período Voluntario unifica las funciones desempeñadas hasta el momento por las Subdirecciones Generales de Afiliación, Cotización y Gestión del Sistema RED y de Recaudación en Período Voluntario, que quedan suprimidas.
Como hemos indicado, la Subdirección General de Gestión del Patrimonio y Contratación se denominará Subdirección General de Gestión del Patrimonio, y se crea la Subdirección General de Integración y Coordinación de Administración Digital.
En este Real Decreto, se encomienda al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el reconocimiento y control del derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, con excepción de aquellas cuya gestión esté atribuida al Instituto de Mayores y Servicios Sociales o servicios competentes de las Comunidades Autónomas.
Por ello recibe nueva denominación la Subdirección General de Gestión de Incapacidad Temporal, prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva y otras prestaciones a corto plazo. Se atribuye a este órgano del Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Unidad de Gestión de Prestaciones Económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.
Como consecuencia de la reforma organizativa se mantiene el número de subdirecciones generales de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad
(CONSEJO DE MINISTROS 28-04-2020)