El Gobierno modifica el Reglamento de imposición de sanciones por infracciones de orden social
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, ha aprobado el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social.
Esta modificación complementa y desarrolla las reformas introducidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, que trasladaba a la Tesorería General de la Seguridad Social la competencia para elevar a definitivas las actas de liquidación extendidas por la Inspección, así como para resolver las actas de infracción coordinadas con actas de liquidación por los mismos hechos.
Por un lado, el proyecto complementa dicha reforma al establecer la autoridad estatal competente por razón de la materia, en función del tipo de infracción de que se trate. Y, por otro, la desarrolla porque adapta el procedimiento sancionador y liquidatorio a los cambios normativos efectuados, diferenciando entre aquellos expedientes sancionadores cuya competencia se atribuye a las Comunidades Autónomas, de aquellos que corresponde a la Administración General del Estado.
Una vez producido, el pasado 1 de marzo, el traspaso a la Generalitat de Cataluña de funciones y servicios en materia de función pública inspectora, el Sistema de Inspección integra funcionarios estatales y autonómicos, pero mientras que la actividad inspectora puede ser ejercida indistintamente por funcionarios de una u otra Administración, la competencia sancionadora es función reservada en exclusiva a la Administración competente por razón de la materia. Por ello, es necesario garantizar que la instrucción y la resolución de los expedientes sancionadores y liquidatorios de cuotas de Seguridad Social se lleven a cabo por autoridades estatales.
Con el proyecto de Real Decreto se inicia una nueva atribución y distribución de competencias sancionadoras en el ámbito estatal, plenamente respetuosa con los principios del procedimiento sancionador, de tal forma que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social concentra más su actividad en la vigilancia del cumplimiento de la normativa de orden social y deriva la resolución de sus expedientes a los órganos competentes por razón de la materia.
Gabinete de Comunicación
Mº de Trabajo e Inmigración