Diálogos con la jurisprudencia. Presentación. Igualdad de resultados entre sexos, una frontera difusa de la Seguridad Social: la deuda de diligencia debida a cargo de las entidades gestoras
Nuevos fragmentos de derecho vivo de la Seguridad Social: estado del arte sobre algunas deudas de sexo y género pendientes
1. Iniciamos el año 2022 –de nuevo esperanzador, aunque más redondo parecía 2020 y todos sabemos qué tragedia nos deparó– marcado por un muy intenso y extenso programa de reformas legales en materia laboral y de seguridad social (no solo de su rama de pensiones), esta última formalizada solo en su primera fase, tras el acuerdo del verano pasado, con la reciente aprobación de la ley que pretende tanto garantizar la sostenibilidad de las pensiones públicas como su suficiencia prestacional. Sin perjuicio del cumplido análisis que daremos de todas ellas en el próximo número de esta nueva época de la Revista de Trabajo Seguridad Social. CEF (RTSS. CEF) que, como resalté en el editorial, hemos inaugurado con el que ahora tiene la persona lectora entre sus manos, nos ha parecido adecuado dedicar un monográfico de nuestra sección de diálogos con la jurisprudencia y la doctrina judicial a exponer el estado del arte interpretativo sobre algunos aspectos de una cuestión que, transversal en ambas reformas, la laboral y de seguridad social, habría quedado algo diluida, sobre todo en la segunda. Nos referimos a la igualdad efectiva (sustancial, real, de resultado) entre ambos sexos (mujer y hombre –no entramos ahora aquí en la importante cuestión de las personas trans, también pendiente de reforma legal–) en materia de seguridad social, no solo en su prioritaria rama de pensiones.
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Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén
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RTSS. CEF. NÚM. 466 (enero-febrero 2022)