Vacaciones en contrato a tiempo parcial
Buenas tardes a todos.
Me gustaría realizar una consulta sobre las vacaciones de una persona con contrato a tiempo parcial.
En nuestra empresa el número de horas estipulado en el convenio es de 1800, siendo la jornada semanal de 40 horas. Para 2013 se ha realizado el cómputo de horas resultando que se realizan 16 más en el año por lo que disfrutarán de dos días más de vacaciones.
Una compañera tiene un contrato de 30 horas semanales por lo que entendimos que en proporción, las horas que tendría que trabajar son 1350. Esta cifra le daba un exceso de 12 horas y por tanto dos días más de vacaciones al igual que al resto de la plantilla.
La Gestoría que nos lleva los temas laborales nos informa que esto no es así. Que esta proporción de horas no se aplica y que en su caso ella tiene 30 horas semanales y puesto que la suma de todo el año no alcanza las 1800 horas del convenio, no le corresponde ningún día extra.
Es correcta esta versión de la Gestoría? En el Estatuto de los trabajadores hemos visto esto:"Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales o reglamentarias y en los Convenios Colectivos de manera proporcional, en función del tiempo trabajado".
Agradeceríamos mucho si alguien pudiera dar algo de luz a este tema o indicarnos donde podemos informarnos (este es nuestro primer post y no sé si lo he situado en el lugar correspondiente)
La gestoría está en lo
La gestoría está en lo cierto, estos dos días de descanso se os dan en virtud de haber sobrepasado la jornada máxima legal establecida, y el el caso de un trabajo a tiempo parcial, para poder disfrutar de esas vacaciones su cómputo total de horas también debería sobrepasar la jornada máxima.