TSJ. Jubilación parcial. La norma no exige que la antigüedad en la empresa sea en su totalidad a jornada completa
Jubilación parcial. Requisitos. Trabajador cuya relación laboral con la empresa durante más de 30 años ha sido a tiempo parcial, trabajando a tiempo completo únicamente durante el año anterior a la fecha del hecho causante
El actor cumple con todos los requisitos exigidos, ya que era un trabajador a tiempo completo en el momento de la solicitud de la jubilación, tenía una antigüedad superior a los 6 años y reunía un periodo de cotización de más de 30 años. Legalmente no se exige que el requisito de antigüedad en la empresa y la vida laboral se reúnan en virtud de una prestación de servicios a jornada completa. No puede hablarse tampoco de fraude, ya que este no puede suponerse, sino que ha de acreditarse, no pudiendo instituirse de la larga relación laboral del trabajador con la empresa.
(STSJ de Aragón, Sala de lo Social, de 17 de julio de 2017, rec. núm. 389/2017)