Modificaciones introducidas en el Impuesto sobre Sociedades por la Ley de Emprendedores
El Impuesto sobre Sociedades, regulado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la LIS, se ha visto modificado en algunos de sus preceptos por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en sus artículos 25, 26 y disposición final octava.
Las materias modificadas están contenidas en los artículos del Texto Refundido de la LIS, que, por numeración ordinal, hacemos referencia a continuación y van a ser objeto de comentario:
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1. Reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles (art. 23 del TRLIS).
2. Nuevo incentivo fiscal por inversión de beneficios para empresas de reducida dimensión (nuevo art. 37 del TRLIS).
3. Nueva deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad (art. 41 del TRLIS).
4. Normas comunes a las deducciones por incentivos empresariales (art. 44 del TRLIS). Posibilidad de aplicación de la deducción por I+D+i sin límite sobre la cuota íntegra ajustada positiva y establecimiento de la incompatibilidad objetiva de los incentivos empresariales, salvo disposición expresa.
5. No aplicación de la escala superreducida (primeros 300.000 € al 15 % y resto al 20 %) a las cooperativas de nueva creación (nueva redacción de la disp. adic. 19.ª del TRLIS).
Palabras clave: IS, activos intangibles, inversión de beneficios, I+D+i y deducciones.
Fernando Borrás Amblar
José Vicente Navarro Alcázar
Inspectores de Hacienda del Estado.
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RTSS. CEF. NÚM. 369 (diciembre 2013)
Sumario
1. Reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles (art. 23 del TRLIS)
1.1. Rentas objeto de reducción2. Incentivos fiscales por inversión de beneficios para empresas de reducida dimensión (nuevo art. 37 del TRLIS)
1.2. Cuantía de la reducción
1.3. Incompatibilidad con otros incentivos fiscales
1.4. Requisitos que han de cumplirse para aplicar la reducción
1.5. Encaje de la reducción en la deducción por doble imposición internacional
1.6. Obligación de documentar estas operaciones en los grupos fiscales
1.7. Acuerdos previos de valoración y calificación
2.1. Elementos patrimoniales en los que ha de materializarse la inversión3. Nueva deducción por creación de empleo de trabajadores con discapacidad (art. 41 del TRLIS)
2.2. Entidades que pueden acogerse a la deducción
2.3. Parámetros de la deducción
2.4. Plazo para efectuar la inversión
2.5. Mantenimiento de la inversión
2.6. Creación de una reserva mercantil indisponible
2.7. Información a incluir en la memoria
2.8. Incompatibilidad con otros incentivos fiscales
2.9. La deducción por inversión de beneficios en el esquema liquidatorio del IS
2.10. Especialidades en el régimen de consolidación fiscal
2.11. Pérdida del derecho a la deducción por inversión de beneficios
4. Normas comunes a las deducciones por incentivos empresariales (art. 44 del TRLIS)
5. Entidades a las que se aplica la escala superreducida (disp. adic. 19.ª del TRLIS)