Novedades legislativas febrero 2008
Publicada la Orden de Cotización para 2008
En el BOE del día 28 de enero de 2008 se publica la Orden TAS/76/2008, de 22 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, FOGASA y Formación Profesional contenidas en la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.
Medidas de apoyo al sector textil y de la confección
A través del Real Decreto 5/2008, de 11 de enero (BOE del 24), se completa el desarrollo de las medidas sociolaborales contenidas en el Plan de apoyo al sector textil y de la confección firmado en 2006, Plan cuya finalidad es hacer más competitivo al sector y mantener el mayor número de empresas y de puestos de trabajo. Con este propósito medidas como las de apoyo industrial y las sociolaborales dirigidas a mejorar la formación de los trabajadores y a mantener en el empleo a los trabajadores de mayor edad ya están en vigor (recuérdese la Orden TAS/3243/2006, de 19 de octubre). El Real Decreto 5/2008 establece una serie de medidas para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes en el sector como consecuencia de los cambios estructurales en el comercio mundial, así como el establecimiento de ayudas especiales a aquellos trabajadores de 55 o más años que tengan problemas para encontrar empleo.
Publicadas las directrices para la afiliación de los TRADE a la Seguridad Social y su alta en el RETA
Mediante la Resolución de 16 de enero de 2008, de la Tesorería General de la Seguridad Social (BOE del 31), se imparten directrices para la correcta tramitación de la afiliación de los Trabajadores Económicamente Dependientes (TRADE) a la Seguridad Social y de su alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).
Contingente de trabajadores extranjeros para 2008
En la Resolución de 26 de diciembre de 2007 (BOE de 12 de enero) se contiene la regulación del contingente de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para el año 2008, que permitirá la contratación programada de trabajadores que no se hallan ni residen en España, llamados a desempeñar empleos con vocación de estabilidad y que serán seleccionados en sus países de origen a partir de las ofertas genéricas presentadas por los empresarios, estableciéndose igualmente los supuestos en los que será posible tramitar ofertas nominativas a través del contingente.