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ere

Hola a todos,
Si tengo una persona con reducción de jornada todo el año dentro de un Expediente de Ere, si finalmente debo despedirla porque la situación no mejora y no hay trabajo para ese puesto, esta persona va al paro y en el paro cobrara en función de las cotizaciones de los últimos 6 meses. Entiendo que como la empresa cotizaba el 50% de alta +50% restante por el ere, esta persona tiene derecho a la prestación por paro por el 100% de la base de cotización y luego se le aplicaran los máximos que establece el Inem ¿¿, o se entiende que ha cotizado solo sobre el 50% y su base de calculo para el paro va ser solo sobre el 50% ¿
Además se le han creado 2 bolsas de paro , no ¿ la que tenía antes de iniciarse el Ere y otra con los días de uso del Ere ¿ y deberá elegir entre ambas.
Con el tema de paro estoy conociendo casos bastante injustos en función de lo uqe haya sucedido los 6 meses anteriores a solicitarlo , cuando después de muchos años puedes tener la bolsa del paro en el tope ,pero no puedes cobrarlo en su 100%. Si me podeis indicar donde informarme sobre este tema , lo agradecería, porque podemos tomar determinadas decisiones sobre jornadas de nuestros trabajadores que luego si hay que utilizar el paro ver reducidas sus opciones y resulta bastante desagradable dicha comprobación ¿
Gracias y un saludo

el derecho a la reposición de la prestación por desempleo tiene unos requisitos específicos no la genera el trabajador automáticamente, entre esos requisitos están los plazos de la tramitación del ere y haber agotado la prestación. ademas el ere extintivo debe ser autorizado y automáticamente se traslada al sepe para comprabar si generan o no derecho los trabajadores a las prestaciones por desempleo y si ha habido fraude o connivencia.
por otro lado para poder tener derecho a la reposición de debe optar por la prestación generada inicialmente no la generada una vez iniciado el ere que generará su prestación en la cuantía cotizada, hay q ue tener en cuenta que durante el cobro de la prestación por desempleo las cotizaciones las paga la entidad y no cotizas por desempeo
salu2