TSJ. Operarse voluntariamente de presbicia no da derecho a prestación económica de IT
Suspensión de la relación laboral. Incapacidad u otras causas. Intervenciones quirúrgicas para mera corrección visual.
Tratándose de una cirugía excluida de la cartera de servicios del sistema de Seguridad Social (en el caso de la actora, corrección de la presbicia) y de una decisión de intervención personal y voluntaria sin relación con accidente, enfermedad o malformación congénita, sin que tampoco haya concurrido la existencia de complicaciones o patologías que aparezcan como efectos secundarios de la intervención quirúrgica, no cabe sostener la existencia de un derecho a percibir prestación económica de IT por enfermedad común. Reitera doctrina contenida en STS de 21 de febrero de 2012, rec. núm. 769/2011.
(STSJ de Aragón, Sala de lo Social, de 29 de junio de 2017, rec. núm. 340/2017)